En un paso significativo para la organización del sistema judicial, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido una nueva distribución de la superintendencia sobre el personal de los tribunales, lo que marca un cambio respecto a cómo se ejercía anteriormente. A través de la Acordada 24/2023 emitida recientemente, los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti revocaron la acordada 35/04 y el punto 4 de la acordada 42/14, y reformaron el artículo 118 del Reglamento para la Justicia Nacional, en lo relacionado con la superintendencia.

El enfoque previo establecía que la superintendencia de la Cámara Nacional de Casación Criminal y Correccional se ejercía por parte de la Cámara Federal de Casación Penal. Sin embargo, esta dinámica ha sido reestructurada por la Corte Suprema y otorga a la Cámara Nacional de Casación Criminal y Correccional nuevas responsabilidades.

 

 

En virtud de la modificación, el artículo 118 ahora señala que, además de las atribuciones de la Corte Suprema, la superintendencia directa sobre los funcionarios y empleados de los tribunales inferiores y la resolución de casos particulares en esta categoría será gestionada de la siguiente manera:

  • a) La Cámara Federal de Casación Penal ejercerá la superintendencia sobre su propio personal, así como sobre el personal de los tribunales orales en lo criminal federal de la Capital Federal y en lo penal económico.
  • b) La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional tendrá la superintendencia sobre su propio personal, así como sobre el personal de los tribunales orales en lo criminal y correccional de la Capital Federal y de menores, y los juzgados nacionales de ejecución penal.
  • c) Las cámaras federales y nacionales de apelaciones de la Capital Federal tendrán jurisdicción sobre su propio personal y el personal de los juzgados de primera instancia de los que estos tribunales sean superiores.
  • d) Las cámaras federales de apelaciones con sede en las provincias tendrán superintendencia sobre su propio personal y el personal de los juzgados de primera instancia de los que sean tribunales de alzada.

En un cambio adicional, los tribunales orales en lo criminal federal del interior del país tendrán la facultad de superintendencia sobre su propio personal, y las cámaras federales de apelaciones en las respectivas provincias mantendrán la capacidad de establecer el escalafón de los funcionarios y empleados de los tribunales orales en lo criminal federal que operen dentro de su jurisdicción territorial. La reorganización de la superintendencia busca mejorar la administración y el funcionamiento de los tribunales a nivel nacional.

acord 24 2023