La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal decidió revocar los sobreseimientos en la causa Hotesur – Los Sauces y ordenó al tribunal que había absuelto a Cristina Kirchner, y al resto de los 25 procesados, a que se realice un juicio oral y público.
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal revocó los sobreseimientos en la causa Hotesur – Los Sauces y también reabrió la causa por la firma del Memorándum con Irán por el atentado a la AMIA. Así, el año que viene afrontará dos procesos penales en los tribunales de Comodoro Py. Florencia Kirchner fue separada de la causa, y Máximo afrontará su primer juicio.
“REVOCAR la decisión recurrida en cuanto dispuso el sobreseimiento respecto de Cristina Elisabet Fernández, Máximo Carlos Kirchner, Romina de los Ángeles Mercado, Patricio Pereyra Arandia, Lázaro Antonio Báez, Martín Antonio Báez, Adrián Esteban Berni, Ricardo Leandro Albornoz, Edith Magdalena Gelves, Emilio Carlos Martín, Osvaldo José Sanfelice, Alberto Oscar Leiva, Víctor Alejandro Manzanares, César Gerardo Andrés, Alejandro Fermín Ruiz, Jorge Ernesto Bringas, Julio Enrique Mendoza, Martín Samuel Jacobs, Leandro Antonio Báez, Luciana Sabrina Báez, Claudio Fernando Bustos, Carlos Alberto Sancho, Cristóbal Manuel López, Carlos Fabián De Sousa, Norma Beatriz Abuin y Jorge Marcelo Ludueña”, expresaron los dos camaristas Diego Barroetaveña y Daniel Petrone ayer a la noche en su fallo al que accedió Tiempo Judicial.
El fallo de 90 páginas que podes leer a continuación detalla sobre Cristina Kirchner, el juez Diego Barroetaveña y Daniel Petrone expresaron en su voto que En el mismo sentido, Barroetaveña afirmó: “Evitar la realización del juicio, sustituyéndolo por una solución anticipada, debe ser una decisión verdaderamente excepcional y en los casos que estrictamente se ajusten a la norma en trato, so riesgo de violar la garantía del debido proceso penal”, violación que, a su juicio, se cometió en este caso”.
Es decir, cuando una causa realiza toda la instrucción, lo normal es la realización del juicio, y la excepción, es no hacerlo. Así lo expresa el art. 361 del CPPN que establece una “vía excepcional de extinción del proceso en la etapa de juicio y antes del debate, cuando aparecen circunstancias novedosas”. Sobre el hijo mayor referente de La Cámpora y actual diputado nacional, Máximo Kirchner, también lo conminaron a afrontar su primer juicio.
Sobre Florencia Kirchner, los jueces de la sala dicen que “tanto, habida cuenta de que el sobreseimiento de Florencia Kirchner obedece exclusivamente a una cuestión de inculpabilidad, se mantiene la hipótesis acusatoria respecto del origen de los fondos que fueron encontrados en el ámbito de su custodia, cuestión que deberá ser materia de discusión en el juicio correspondiente respecto de las demás personas imputadas en el proceso”.
Y deja abierta la situación de los embargos a sus cuentas bancarias. Pero la desliga de la asociación ilícita por ser menor de edad cuando “supuestamente” comenzó el delito que le endilga a su madre y hermano. “Dicho ello, en el caso, según la hipótesis acusatoria, la asociación ilícita de la que Florencia Kirchner habría formado parte tendría su génesis en momentos en que aquélla contaba tan sólo con doce años y fue recién a sus veinte años, a partir del fallecimiento de su progenitor Néstor Kirchner, que se incorporó a la sociedad comercial, cuya finalidad fue señalada de ilícita”. Sin embargo, el tribunal votó para que se mantengan las medidas cautelares dispuestas sobre sus cuentas bancarias y sobre los USD 4.664.000 que estaban guardados en una caja de seguridad.
De esta forma, el Tribunal Oral Federal (TOF) 5 deberá volver activar el proceso penal, fijar fecha de juicio que no sería este año y tener jueces efectivos ya que viene cambiando su composición por diversos intereses.
Sobre dos de los jueces del TOF5 el fallo fue muy duro por lo cual se entiende que no seguirán al frente de este juicio: “La situación descripta configura claramente un caso de prejuzgamiento que quebró la imparcialidad como garantía para las partes del proceso”. Hablan de jueces Daniel Obligado y Adrián Grünberg. Y la única que queda en el tribunal es Adriana Pallioti.
Causa Memorándum con Irán
También estos camaristas revocaron el sobreseimiento para quienes intervinieron en el Memorándum de Entendimiento con Irán que, para mucha gente, no es judiciable porque es una cuestión política, pero que tiene un costado discutible que es que sometía a una negociación política con Irán algo que la Justicia argentina ya había acreditado, que era la participación de funcionarios iraníes como cobertura de Hezbolá para el atentado contra la AMIA.
El proceso judicial había sido iniciado en el 2015, después de que el entonces fiscal de la causa AMIA, Alberto Nisman, acusara a Kirchner, en aquel momento presidenta, de haber pactado con la República islámica. En ese sentido, el fiscal sostuvo que el memorándum se utilizó para encubrir a los acusados del atentado porque hacía caer las alertas rojas de Interpol de detención que pesaban sobre ellos.
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