La modelo y empresaria Natali Carol Weber inició demanda contra ambos buscadores de internet (YAHOO DE ARGENTINA S.R.L y Google L.L.C. y una mera formalidad disparó la disputa contra los dos gigantes.
En el fallo al que accedió Tiempo Judicial, los camaristas civiles Beatriz Verón y Silvia Bermejo, de la Sala K de la Cámara Nacional en lo Civil, decidieron rechazar los recursos extraordinarios de Google “por advertir que el recurrente no cumple con lo dispuesto en el art. 1 del citado reglamento, ya que la presentación de fs. 679/686 excede el límite máximo de 26 renglones que allí se indican, circunstancia que lleva a desestimar el remedio federal intentado”.
Las vías de acceso a la instancia extraordinaria son tres: la existencia de cuestión federal, la invocación de gravedad institucional y la denominada doctrina de la arbitrariedad. Los abogados entienden que el decisorio dictado por esta Sala a ven afectados derechos y fs. 678 deviene arbitrario, garantías amparados por la Constitución Nacional, tales como, la libertad de expresión y el acceso a la información. Fundan sus dichos citando los casos: “Rodríguez, María Belén c/ Yahoo de Argentina S.R.L. y otro s/Daños y perjuicios”, “Da Cunha, Virginia c/ Yahoo de Argentina S.R.L. y otro s/ Daños y perjuicios” y “Lorenzo, Bárbara c/ Google Inc. s/ Daños y perjuicios”.
De esta forma, la única vía de los buscadores para evitar el pago del resarcimiento a Weber concluyó y según el fallo de abril de este año Yahoo abonar la suma de $350.000 y Google la suma de $600.000, en “atención a la mayor demora en que incurrió ésta última en acreditar el cumplimiento de la medida, lo que, como se señaló, implica un mayor tiempo en extenderse el daño”.
“En dicha inteligencia, no se advierte que la disconformidad con el pronunciamiento o las discrepancias que esgrime el recurrente, puedan evidenciar la configuración de una decisión arbitraria que encierre agravio federal o comprometa instituciones básicas de la Nación. Máxime cuando la resolución, emitida previo el detenido análisis de los elementos incorporados al expediente, cuenta con fundamentos jurídicos que bastan para sostenerla como acto jurisdiccional”, expresaron los camaristas civiles para evitar una dilación del proceso de más tiempo.
Por estos motivos, la cámara resolvió que el caso no debe elevarse a la Corte Suprema y decidió “Desestimar los recursos extraordinarios federales, interpuestos por “Google L.L.C.” y "Yahoo de Argentina S.R.L." , con costas por su orden”.
El caso Bechara
En el caso de la modelo Ailen Bechara, la Corte Suprema dejó firme un fallo a favor del gigante informático Google ante un reclamo de la modelo Ailen Bechara porque su nombre aparecía en sitios de ofertas de sexo.
Bechara había obtenido un fallo favorable en primera instancia pero en 2020 la Cámara Civil revirtió ese criterio y, sobre la base de jurisprudencia de la propia Corte, eximió de responsabilidad a Google. Bechara también reclamó a Yahoo SRL la reparación de los daños y perjuicios derivados del uso de su imagen y su nombre asociados a páginas web de pornografía, trabajadoras sexuales y prostitución.
Con la causa en trámite de apelación, la defensa de Bechara a cargo de Martín Leguizamón explicó que se llegó a un "acuerdo extrajudicial en 2019" por eso la CSJN ayer lo que hizo fue desestimar por el 280 el recurso extraordinario por la empresa. El fallo de Cámara recogió el criterio de la Corte que establece que es la damnificada quien debe notificarle a Google cuáles son los sitios en los que aparece erróneamente mencionada y el buscador de internet, entonces sí, está comprometido a eliminarlos.
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