Una lucha legal se libra en la Argentina por la restitución internacional de dos menores de edad. Ambos, nacidos en la provincia de Córdoba, residen desde el año 2020 en el municipio de Samaipata, Bolivia, junto a su madre. Separado el matrimonio que ella mantenía con el padre de origen alemán, él solicitó judicialmente llevarse a los niños a su país, contra la voluntad de los niños y la mujer, que ya lo había denunciado por situaciones de violencia. Sin embargo, la Justicia lo respalda como venimos contando en Tiempo Judicial. 

Constanza Taricco era madre soltera de M., su hija mayor de 9 años, cuando en el 2016 decidió dejar su vida en Córdoba para mudarse a Bolivia. Allí es donde conoció a quien luego sería el padre de su segundo hijo: A., quien hoy tiene 5 años.

Mientras ella estaba embarazada del niño, en 2018, volvieron a la Argentina para realizar trámites que les permitiera viajar a Alemania los cuatro temporalmente, ya que su entonces pareja tenía que “resolver deudas y problemas financieros”.

Fue así que A. nació en Mina Clavero, Córdoba, y Constanza decidió casarse con él. “Me dijeron que para hacer el visado de los chicos y la ciudadanía para viajar fuera del país teníamos que estar casados”, contó Taricco, en diálogo con Tiempo Judicial.  “Él dice que no me los quiere sacar, quiere que yo vaya también a Alemania. Y que si yo no voy, es una decisión mía que los niños se queden sin madre”, contó Taricco.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba falló a favor del padre, en una sentencia “sin perspectiva de género ni perspectiva de infancias” y con perspectiva “colonialista”, según analizó la abogada Natalia Lescano para Tiempo Judicial. 

Fallo a favor del padre

La jueza de primera instancia, Sandra Elizabeth Cuneo, en la sentencia a favor del progenitor ordena la restitución inmediata de los niños a Alemania, sin contemplar que no conocen el idioma ni mantienen círculos sociales estrechos como en Bolivia, y que el progenitor no tiene familiares cercanos que puedan ejercer tareas de cuidado mientras él trabaja. También ignora que M. no es hija biológica suya y que el vínculo entre ambos “en los últimos dos años y medio solo se desarrolló por medios telemáticos”, por lo que la defensa de Taricco alega que se vulnera el derecho a la identidad de la niña, dispuesto por el art. 11 de la Ley 26.061.

Es por esto que Constanza, junto a sus abogadas, presentaron un recurso extraordinario, el 2 de octubre, para anular la sentencia y llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, una medida cautelar ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con sede en Washington DC y, a través de la escuela Flor de Montaña en Bolivia, se presentó una medida cautelar en ese país para solicitar la restitución de los menores allí. “Tuvo que ayudarme la escuela de los chicos porque la Justicia de Bolivia está atrasada en cuestiones tecnológicas, y debería estar allá presente para presentar ese recurso, pero seguimos varados en Argentina hasta que esto se resuelva”.

También se presentó un Amicus Curiae en la Mesa de Derechos Humanos de Traslasierra. Pero de ninguna de las tres primeras acciones aún Constanza tuvo respuesta, por lo que los niños continúan perdiendo días de clase y de su vida cotidiana en Samaipata.

Eco patriarcal 

Como si de un eco se tratara, la Justicia reprodujo la lógica machista alegada por el padre, quien justifica su demanda al decir que “la madre -presuntamente por problemas psicológicos- no puede hacerse cargo de los niños”, que “no tiene ingresos” y que “no está en su sano juicio para realizar planes de vida estables para la familia”.

Por su parte, Constanza alega sufrir acoso y amenazas por parte del hombre desde que se separaron y, por esta misma razón, ha tenido que acudir a la policía para pedir ayuda. 

Las sentencias y expedientes a los que este medio tuvo acceso -y que no se publican aquí para resguardar los nombres de los involucrados-, respaldan la versión de Taricco al afirmar que “hay muy poca investigación judicial sobre quién es él, de qué trabaja o incluso dónde vive”. 

 “El juez de Córdoba admite que existe un riesgo para los chicos al restituirlos a Alemania con él, pero igual ordena la restitución diciendo que lo ideal es que yo opte por ir con ellos”, comentó Constanza. Y agregó: “Me están queriendo sacar a mis hijos para dárselos a una persona que nadie sabe quien és, que tiene denuncias en la policía por violencia”.

A esta lógica, su abogada adhirió: “El hombre hace mucho tiempo ni ve a sus hijos, pero hoy reclama incluso la tenencia de M., que no es su hija biológica, y pretende que Constanza también vaya, por lo que hay que considerar, para lograr entender esta incoherencia, que en Alemania tener mujer e hijos menores de edad significa un beneficio impositivo importante. Y en la situación financiera en la que él está, esto no es sorpresa”.

 

La voz de las mujeres y niños en la Justicia

Constanza y su defensa legal presentaron pruebas de que los niños residen en Bolivia, que se encuentran varados en Argentina contra su voluntad, que no se trata de una retención ilegítima de los menores y de que el progenitor no representa un espacio seguro para los menores de edad.

Sin embargo, la Justicia de Villa Dolores falló: “Si bien Taricco presentó argumentos para fundamentar que el centro de vida de los niños era en Bolivia, en su desarrollo se concentró mayormente en describir su supuesta situación de vulnerabilidad, todas las vicisitudes que debió atravesar y las conductas disvaliosas del progenitor; todo lo que a su vez pretende utilizar como justificativo de su negación de volver a Alemania, independiente de las excepciones deducidas”.

Tal como señala la abogada Lescano, “el derecho jurídico de protección del interés superior de los niños indica que hay que escuchar lo que ellos opinan” aunque, en este caso, “no han tenido intervención jurídica relevante” y se ignora que ellos quieren volver a Bolivia.

La versión de la letrada es respaldada por la valoración psicológica de los niños que realizó el área de la Mujer, Niñez, Adolescencia y Familia de Nono, en Córdoba, a cuyo informe pudo también acceder este medio. “Sobre su situación actual en Argentina, dicen encontrarse bien, rodeados de amigos y familia, pero que preferirían volver a Bolivia. M. dice ‘queremos volver a casa’”, reza el escrito.

También señala que “ambos manifiestan estar enojados con el padre ya que lo identifican como el causante de su permanencia en Argentina”. Y, “al indagar sobre el rol del padre en la problemática, A. dice: ‘Mi papá no nos deja ir’”.

“Hubo mal manejo en el asesoramiento técnico de los niños. Incluso el Convenio de La Haya que invocan para este caso dice que los niños necesitan contar con un abogado propio”, apuntó Lescano, asegurando que la poca participación que tuvieron dieron lugar a otro artilugio jurídico que embarra el caso: el falso Síndrome de Alienación Parental. Se trata de la teoría utilizada para justificar al agresor acusado alegando que el testimonio de la niña o niño en cuestión en un tribunal es influenciado por la madre e inducido a mentir.

En el fallo del tribunal de Villa Dolores, la lic. Juarez Arrieta, tras dialogar con los niños, aseguró que “ambos sostienen un discurso que evidencia cierta resistencia a regresar a Alemania”. “Sin embargo, siempre enfatizaron que se trata de una postura que asumen teniendo en cuenta los sentimientos y deseos de su progenitora pues, en su deseo personal, sí manifestaron añoranza de algunos espacios o lugares de Alemania”.

Sobre esto, Taricco reprochó que no tenga mayor relevancia que los niños estuvieron presentes en momentos de violencia intrafamiliar y que esto podría repetirse en caso de tener que volver a vivir todos juntos en el país europeo. Además, Constanza alegó que en el Convenio de La Haya hay un artículo “que dice que lo que prima en este caso es la voluntad del niño si tienen edad madurativa para expresar su deseo. Pero en este caso esta premisa no se respeta tampoco”.

La licenciada concluye que “del proceso de escucha de la niña y el niño se advierte que los mismos se encuentran inmersos en una realidad de características disruptivas y de conflicto sostenido entre los progenitores, siendo esto un factor condicionante de sus afectividad y deseos en referencia al modo vincular a sostener y el país donde residir”.

Si de “falta de pruebas” se trata, por su parte, la fiscal de instrucción de Córdoba, Lucrecia Beatriz Zambrana, consideró quela solicitud de restitución internacional de los menores M. y A., formulada por su progenitor, debe ser desestimada en todos sus términos”, ya que “resulta la absoluta inconveniencia de ordenar la restitución que se pretende ya que el padre no ha demostrado las razones por las que los niños se encontrarían en mejores condiciones en Alemania que en Bolivia –lugar de residencia habitual y efectiva de los menores-”.

Además, expuso que “resulta importante valorar la opinión de los niños, quienes han manifestado su voluntad de no regresar a Alemania (conforme a la audiencia receptada); cuya voluntad debe primar atento el interés superior del niño”. Con esto, queda en evidencia que los hechos tienen distintas interpretaciones válidas para la Justicia. Lo que difiere es la perspectiva.

Convenio de La Haya

En el caso presentado de restitución internacional de menores, la letrada analiza que puede haber dos encuadres jurídicos: aplicar el Convenio de La Haya -como se hizo en este caso-, firmado entre Argentina y Alemania, y la Convención Interamericana sobre restitución Internacional de menores, firmado entre Bolivia y Argentina.

Para Lescano, resulta “un error” aplicar el Convenio de la Haya. Y explica por qué: “Para restituir, tiene que identificarse una residencia habitual en un país y esa residencia tendría que haber sido violada por un traslado ilícito. Sin embargo, la residencia habitual de los niños es en Bolivia, y no en Alemania. Esto está por demás probado”. Además, “la madre los trasladó con un poder firmado por el padre en el 2022 que le permite viajar con ellos por cualquier parte del mundo el tiempo que considere”.

Según afirma el padre, este poder había sido revocado pero la abogada, tras ser consultada por este particular, aseguró que Constanza no había sido notificada. En concreto, la jueza en su sentencia alegó: “Soy de la opinión que las alegaciones de la madre no tienen el carácter, el suficiente detalle ni la contundencia necesaria para constituir un grave riesgo. En efecto, la sra. Taricco no ha invocado (ni, lógicamente, probado) hallarse imposibilitada de vivir con sus hijos en Alemania, lugar en donde anteriormente se había radicado por su propia voluntad y del cual recibe auxilio financiero estatal”.

Al ver su palabra devaluada, Taricco apeló el fallo de la jueza. Pero la Sala Civil y Comercial del Supremo Tribunal de Justicia, coincidió con la magistrada y no hizo lugar al recurso: “La Sra. Taricco describe diversas manifestaciones de vulnerabilidad en las que siente haberse visto envuelta (y que, insistimos, podrán eventualmente ventilarse en los procesos sobre los temas de fondo), en lo medular, las alegaciones alusivas a un contexto de discriminación o subordinación durante la relación afectiva no especifican de qué manera afectarían la resolución de este trámite restitutorio”.

Y prosigue, dejando en evidencia que la violencia de género que la demandada asegura haber sufrido no es un componente de análisis siquiera para abrir una investigación para corroborar que los niños y la mujer no estén siendo restituidos a un espacio del que, por alguna razón, ya habían decidido salir: “La violencia que la Sra. Taricco identifica con la petición iniciada -en sí misma- tampoco modifica el marco de análisis, desde que no se ha visto privada de ejercer los resortes previstos por la convención y oponer las defensas abordadas jurisdiccionalmente”.

Mirada colonialista

Esto se da también a través de una “mirada colonialista”, donde “creen que los chicos van a estar mejor en Alemania que acá o en Bolivia”. “Argentina tiene una vocación de restituir. Cada vez que le piden una restitución nacional, Argentina lo acepta. Hemos buscado aliados para explicar estos temas y algunos no se quisieron meter en el juicio porque han dicho ‘no queremos perder, porque Argentina siempre restituye’”, apuntó Lescano.

A su turno, Taricco completó: “Bolivia forma parte de este convenio pero revisa cada caso, al contrario que Argentina. Él me demandó una semana antes de que me tomara el avión con los chicos hacia Argentina, por lo que seguro él lo estuvo preparando, esperando que yo esté acá para hacerme esto. Esto en Bolivia no me pasaba. Él ya sabía que acá me ganaba el juicio”.