Según un informe de la ONG Bullying Sin Fronteras, realizado entre marzo de 2022 y abril de 2023, 7 de cada 10 niños sufren algún de tipo de acoso y ciberacoso.

Con la cantidad de casos aumentando de 14.800 a 50.250 en solo dos años, Argentina se ubicó en el quinto lugar en las estadísticas de Bullying en el mundo, señaló un informe de la asociación Bullying Sin Fronteras (BSF).

En este sentido, esta semana dio una buena señal del lado de los padres que sufren por el sufrimiento de sus hijos, valga la redundancia, cuando son acosados diariamente en el colegio por sus pares.

La Corte Suprema de Justicia desestimó un planteo y dejó firme una sentencia que había condenado por daños y perjuicios a los establecimientos educativos a los que asistían varios menores involucrados en un caso de bullying.

Fue en la provincia de San Luis donde tras el acoso escolar que sufrieron los niños entre 2009 y 2012, los padres promovieron una acción de daños y perjuicios donde reclamaron la “discriminación, el acoso, la violencia y el hostigamiento ininterrumpido” entre estos cuatro años por parte de los compañeros de escuela de su hijo “tanto en el ámbito escolar como fuera del mismo”.

En su demanda, identificaron a un adolescente “dañador, quien lideraba y promovía el bullying en distintos ámbitos -incluyendo redes sociales- contra su hijo, por su elección de ser vegetariano”.

Más allá de la demanda contra los padres del acosador, también se promovió demanda intentando responsabilizar a los establecimientos educativos involucrados, ubicados en la localidad de Merlo. Y tanto el juez de primera instancia como la Cámara hicieron lugar a la acción contra los colegios primario y secundario, pero la rechazaron contra los padres del menor acusado de bullying.

Es más, el Tribunal Superior de Justicia provincial desestimó el recurso de casación donde se intentó responsabilizar a los padres del “adolescente dañador” pero sí se condenó a la institución. Este fallo fue confirmado el viernes pasado por la Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, quienes desestimaron el recurso, quedando así firme la sentencia de cámara y la sanción a los establecimientos educativos.