En 11 de marzo de 2024, un niño de 3 años fue encontrado dentro de un auto luego de permanecer seis horas encerrado por el olvido de su padre que debía llevarlo al jardín.
El hecho ocurrió en la provincia de Neuquén y fue investigado por el fiscal Andrés Azar, el cual decidió aplicar el concepto de “pena natural” y no condenar al padre.
Según indica el artículo 106, inciso 3 del Código Procesal Penal de Neuquén, se puede aplicar este tipo de criterio cuando "el imputado haya sufrido a consecuencia del hecho un daño físico o moral grave que torne innecesaria y desproporcionada la aplicación de una pena".
"No podemos dejar de reparar en que nos encontramos aquí ante un suceso en el cual el acusado es el responsable de la muerte de su hijo aunque, claro está, no es un dato menor que dicha muerte no fue querida ni buscada por el imputado", señaló Azar en su resolución.
Si bien remarcó que "nos hallamos ante una actitud negligente de parte del padre", decidió aplicar la pena natural y explicó ya sufrió un mal grave “que se autoinflinge con motivo del delito, o que sea impuesto por terceros por la misma razón”.
El niño murió una semana después de quedar encerrado en el auto entre las 9 de la mañana hasta las 15 horas.
“La madre es quien acudió al lugar en un primer momento y se encontró allí con el menor. La mamá le dio agua para reanimarlo”, explicaron en su momento fuentes policiales.
Según el Cuerpo Médico Forense “la causa de la muerte fue asfixia por confinamiento” y “no se observaron lesiones de reciente o antigua data compatibles con maltrato físico”.
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