El ahora juez de la Corte Suprema, Manuel García Mansilla, defendió el lugar que obtuvo luego de ser nombrado por decreto del presidente Javier Milei y sostuvo que sólo el Senado puede removerlo de su cargo.
El escrito fue presentado ante el juez Alejo Ramos Padilla, quien tomará una decisión sobre el caso el próximo 3 de abril.
A su vez, el catedrático remarcó que no se advierte “ilegalidad manifiesta” en el decreto del Poder Ejecutivo.
Entre sus argumentos, sostuvo “que el ejercicio de una atribución que la Constitución Nacional le otorga expresamente al Presidente como son los nombramientos en comisión (art. 99 inc. 11) y la posterior toma de juramento por parte de la Corte no puede ser considerada una “arbitrariedad o ilegalidad manifiesta” conforme lo requieren el art. 43 de la Constitución y la Ley 16.986 de Amparo".
En ese línea, indicó que como ya es juez de la Nación, “goza de la garantía constitucional de inamovilidad en el cargo mientras dure su nombramiento (art. 110 de la Constitución Nacional), por lo que el único juez natural que podría eventualmente removerlo de su cargo, mediante juicio político, es el Congreso de la Nación. Un juez no puede remover a otro juez”.
Respecto de la demanda colectiva presentada para que no ocupe el cargo, agregó que hay una “falta de legitimación activa de los demandantes para impugnar el nombramiento. Ni el carácter de ‘ciudadano’, ni los de asociaciones que invoquen principios relacionados con el buen funcionamiento del sistema de justicia los habilitan para impugnar la supuesta ilegalidad del nombramiento porque no demuestran un interés o derecho personal afectado por la designación en comisión”.
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