Este lunes, la política y la sociedad argentina se sacudieron luego de que se conociera que tras una denuncia del gobierno de Javier Milei sobre supuestas "operaciones de inteligencia" contra el Poder Ejecutivo, el juez federal en lo civil y comercial, Alejandro Patricio Maraniello, prohibió difundir en el país audios de la secretaria de la Presidencia, Karina Milei.

El magistrado tiene un polémico pasado y graves denuncias ante el Consejo de la Magistratura. De los 9 planteos en su contra, cinco son por presunto acoso sexual a empleadas de su juzgado.

En septiembre de 2024, la Asociación de Empleados y Funcionarios del Poder Judicial de la Nación (Aefpjn) solicitó la presencia policial dentro del Juzgado para preservar la integridad física y psíquica de sus empleados.

La denuncias lo señalan por violencia laboral, acoso sexual, maltrato, abuso de poder y desvío de fondos públicos.

LA SALUD DE JUBILADOS EN RIESGO

A su vez, a comienzos 2025, su juzgado fue objeto de fuertes cuestionamientos por parte de los impulsores de un amparo en defensa de jubilados y pensionados del PAMI.

El 6 de enero, el juez Pablo Quirós ordenó suspender, en la provincia de Mendoza, la aplicación de las resoluciones N° 2431 y 2537 del PAMI. Ambas habían sido emitidas en diciembre de 2024 y fijaban nuevas condiciones para acceder a la cobertura del 100% de medicamentos por razones sociales. Según los demandantes, esos requisitos se tradujeron en obstáculos concretos para miles de personas mayores.

El Gobierno denunció ante la Justicia Federal una operación de inteligencia ilegal por la filtración de audios de Karina Milei

La medida en la provincia cuyana fue impulsada por la Asociación de Jubilados y Pensionados de Mendoza (JUBYPEN). Paralelamente, en Tucumán el diputado Carlos Cisneros y la Asociación Civil REDECU presentaron un amparo para defender a los jubilados. Como el tribunal mendocino fue el primero en anotar el caso, atrajo la causa de Tucumán y - semanas más tarde - amplió la medida cautelar a esa provincia. Tras el fallo “Halabi”, para evitar la jurisprudencia contradictoria entre jurisdicciones, la Corte Suprema creó el registro de casos colectivos.

Sin embargo, en lugar de acatar la decisión judicial, desde el entorno de los amparistas denuncian que el PAMI optó por incumplir la cautelar e iniciar una serie de planteos procesales para dilatar su cumplimiento. El principal argumento es la competencia territorial: el organismo sostiene que solo los juzgados federales con sede en la Capital Federal —donde funciona su Dirección Ejecutiva— deberían intervenir en la causa.

El PAMI contra los jubilados | El organismo busca eludir el amparo por medicamentos gratuitos y dilata la causa

El planteo no es menor. El Juzgado Federal N° 2 de Mendoza fue el primero en inscribir el proceso colectivo en el registro que la Corte Suprema creó, por lo que si se aplican las acordadas 32/2014 y 12/2026 es el tribunal competente. Aun así, el PAMI intentó primero derivar la causa al fuero Contencioso Administrativo Federal, y luego activó un conflicto de competencia para llevarla al Juzgado Federal Civil y Comercial N° 5 de Capital Federal.

Ese juzgado, a cargo del juez Patricio Marianiello, es objeto de fuertes cuestionamientos por parte de los impulsores del amparo. Denuncian que no remitió los expedientes con la urgencia requerida, a pesar de que hay una medida cautelar vigente que el PAMI aún no cumple.

La sospecha sobre la imparcialidad del magistrado tiene sustento. Marianiello fue denunciado en septiembre de 2024 ante el Consejo de la Magistratura por la Asociación de Empleados y  funcionarios del Poder Judicial y a ello se suma que aspira a ser camarista —ya quedó primero en una terna—, lo que, según los promotores del amparo en Tucumán, podría condicionar su actuación en casos de alto impacto político.