La nueva ley laboral promulgada por Javier Milei, encontró un nuevo revés judicial, está vez respecto al artículo 55, en el que se indica que aquellos trabajadores que demanden a sus empleadores cobraran una indemnización reducida.

De hecho, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, resolvió que un trabajador despedido por una compañía dueña de lavadero, debe cobrar su indemnización totalmente actualizada.

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Los magistrados desestimaron, así, la aplicación del artículo 55 de la ley 27.802, que recorta el pago a quienes recurrieron a la Justicia para defender sus reclamos.

La norma consagra en beneficio del deudor incumplidor la licuación de una porción del crédito por el solo transcurso del tiempo, resultado que no encuentra amparo en ninguna cláusula constitucional, porque nadie tiene un derecho constitucional a que su deuda se licúe mientras permanece impaga”, señaló en su descargo el juez Enrique Catani.

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Por su parte, la camarista porteña, Gabriela Alejandra Vázquez, destacó que el artículo cuestionado de la nueva ley laboral, castiga a quienes acuden a la justicia por despidos o créditos impagos, desmejorando su situación respecto de los que acuerdan afuera del sistema judicial.

“La ley coloca en peor situación a quienes, precisamente a causa de ese incumplimiento, se vieron obligados a promover una demanda judicial para obtener la satisfacción de su derecho”, remarca el fallo de la Cámara.

Esta es la cuarta medida judicial en contra de la nueva ley laboral sancionada por el Congreso, en sintonía con las políticas de Milei. De hecho, en la provincia de Córdoba, un juez declaró inconstitucional un apartado de la nueva ley. También el Tribunal de Trabajo Nº 4 de La Plata, declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la misma. Mientras que el juez Herman Mendel, dictó una medida cautelar a favor del gremio judicial, y frenó la transferencia de los tribunales laborales a la Ciudad de Buenos Aires.