Organismos de derechos humanos lanzaron hoy una campaña virtual para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revierta su decisión de beneficiar al represor condenado por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura Luis Muiña.
“Todos dijimos no a la impunidad. Que la Corte diga no al 2x1”, es el lema que acompaña a la campaña que se presenta a casi tres meses de la resolución que generó el repudio de amplios sectores de la sociedad, expresado en la masiva marcha del 12 de mayo en Plaza de Mayo, en la Ciudad de Buenos Aires.
La difusión de los argumentos contra el 2x1 a los represores es una iniciativa de Memoria Abierta, una alianza de rganizaciones de derechos humanos argentinas que promueve la memoria sobre las violaciones a los derechos humanos del pasado reciente. Abuelas y Madres de Plaza de Mayo, Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas, H.I.J.O.S. Capital, el CELS y la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), son algunas de las organizaciones integrantes.
El objetivo es visibilizar que aún se encuentra vigente la sentencia del 3 de mayo pasado que sienta doctrina y que posibilitó el recálculo de la condena a Muiña, sentenciado a 12 años de cárcel por crímenes de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino que funcionó en el predio del Hospital Posadas, y lo dejó en libertad.
Paulo Abrao, secretario ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, es uno de los participantes de la campaña, quien planteó que “los crímenes de lesa humanidad requieren un conjunto de respuestas diferenciadas. Debe ser una respuesta proporcional a la gravedad de estos hechos”.
La consejera de la Magistratura Gabriela Vázquez, dijo que “para seguir construyendo una Argentina comprometida con los derechos humanos es fundamental que el más alto tribunal se pronuncie rápidamente”.
Por suparte, el presidente del Colegio Público de abogados de la Ciudad de Buenos Aires y referente de la agrupación Gente de Derecho, Jorge Rizzo, dijo que el fallo Muiña representa una "involución" de la Corte por tratarse de un fallo "sin mérito porque el beneficiado ya estaba gozando la prisión domiciliaria".
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