Luego de invalidar la conformación del Tribunal Oral Federal (TOF) 9 que iba a juzgar a Cristina Fernández de Kirchner, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) determinó que los traslados de los magistrados de la justicia nacional a la federal deberán ser aprobados por la Cámara de Senadores, como indica la Constitución Nacional. 

 

Excepto el TOF 9, todos los demás tribunales conformados con magistrados trasladados de la Justicia Nacional podrán seguir funcionando hasta que el Gobierno envíe sus pliegos al Senado. Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda firmaron ayer la acordada 7, que confirma la acordada 4 luego de que el Consejo de la Magistratura y el Ministerio de Justicia pidieran precisiones. 

 

La Corte se remitió a su pronunciamiento de 2016 para resolver la cuestión de competencia en la causa en que se investiga la muerte del fiscal Alberto Nisman: "Los tribunales nacionales ordinarios no tienen competencia en aquellas materias reservadas la justicia federal, de aqui en más, los efectos de dirimir cuestiones de competencia, no corresponde equiparar los tribunales nacionales ordinarios con los federales". 

 

El máximo tribunal remarcó que el mecanismo de traslado de magistrados es un sistema de "marcada excepcionalidad" y que "en ningún caso podría desnaturalizar el procedimiento constitucional de selección de magistrados, con el consecuente riesgo de generalizar la permanencia en el cargo de jueces que no cumplieron con el procedimiento constitucional exigido". 

 

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