El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº4, por mayoría, condenó hoy a Gabriel David Marino a la pena de prisión perpetua como coautor del delito de “homicidio agravado por haber sido cometido por odio a la identidad de género y por haber sido cometido con violencia de género”, en perjuicio de Diana Sacayán. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el próximo 6 de julio.

 

La sentencia se produjo en concordancia con lo solicitado en sus alegatos por los fiscales Ariel Yapur y Mariela Labozzetta -en representación de la Fiscalía General N°5 y de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM). 

 

Durante el debate oral y público, que comenzó en febrero pasado, declararon amigas y familiares de la víctima, quienes fueron contenidas por personal de la Dirección General de Orientación, Acompañamiento y Protección a las Víctimas (DOVIC), que intervino desde el inicio de la investigación.

 

Marino había sido reconocido por el encargado de seguridad del edificio, que lo vio llegar la noche del 10 de octubre de 2015, saludar a la víctima con un beso en la boca y subir a su departamento, donde estaba el otro hombre, que había llegado unas horas antes. Ello quedó registrado por una cámara de seguridad de un local lindero a la vivienda. Esa misma cámara fue la que filmó al imputado y su cómplice a las 03.58, cuando salían del lugar.

 

Marchas pidiendo Justicia por Diana

Según fuentes judiciales, el tribunal consideró la declaración del vecino del piso de abajo que escuchó a las tres de la mañana un ruido muy fuerte que provenía del departamento que habitaba Sacayán. Así como la presencia de una huella digital en la puerta de la habitación donde fue atacada y que el ADN del imputado fuera encontrado en una de las uñas de la víctima.

 

En virtud de todo ello, en su alegato, los representantes del Ministerio Público Fiscal sostuvieron que Marino fue una de las dos personas que mató a Sacayán dentro de su departamento ubicado en la Avenida Rivadavia al 6700, en el barrio de Flores, entre las 22:35 del 10 y las 03:58 del 11 de octubre de 2015.

 

El fiscal Yapur destacó que “el altísimo grado de violencia guarda relación directa con la identidad de género travesti y su militancia” y agregó que el ataque “estuvo orientado en afectar a la víctima en los lugares que conforman su identidad como mujer travesti”. Ambos atacaron a la víctima con un cuchillo de cocinero, la golpearon violentamente, la ataron de pies y de manos, la amordazaron y apuñalaron en el abdomen.

 

En tal sentido, explicó que los homicidios por odios son especialmente brutales en comparación con el resto y que los ataques contra las personas que integran el colectivo LGBTI exhiben altos niveles de violencia y crueldad.

 

En su exposición, el fiscal y la titular de la UFEM habían remarcado la importancia de que el caso fuera catalogado como un “travesticidio”, por tratarse de un tipo particular de violencia a la que son sometidas las mujeres travestis y trans y solicitaron que se condenara a Marino a la pena de prisión perpetua por el crimen de Sacayán.

 

El pedido fiscal fue receptado por los jueces Adolfo Calvete, Ivana Bloch y Julio Báez, quienes condenaron a Marino a tal pena, como coautor del delito de “homicidio agravado por haber sido cometido por odio a la identidad de género y por haber sido cometido con violencia de género”, al tiempo que difirieron la lectura de los fundamentos de la sentencia para el próximo viernes 6 de julio.