El Máximo Tribunal de Justicia de la Nación avala un proyecto de ley del senador Rodolfo Urtubey que busca modificiar el sistema de escuchas judiciales tras las filtraciones de casuas en trámite producidas en el último tiempo.
El proyecto va en línea del pedido realizado por la Corte Suprema en la Acordada 17/2019 del 19 de junio pasado. La acordada les pide a los jueces restringir la intercepciones telefónicas para sus investigaciones, lo que motivo de una queja del titular de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) Gustavo Arribas ante la bicameral de fiscalización de organismos de inteligencia.
Los cincos jueces supremos no están dispuestos a quedar expuestos como responsables de la difusión de las conversaciones, ya que desde 2016 la CSJN tiene a cargo las pinchaduras de teléfonos a través de la Dirección de Escuchas (DaJuDeCo), al frente del camarista de Comodoro Rivadavia, Javier Leal de Ibarra.
La ley que propone el senador peronista y hermano del precandidato a presidente por Consenso Federal, Juan Manuel Urtubey, pide que la Corte sancione a los jueces que se apoderen de las escuchas y permitan sus filtraciones y quien se encargue de distribuirlas. Se iba a tratar en el recinto, pero no hubo acuerdo entre los diferentes bloques para tratarlo. El proyecto también lleva la firma de Miguel Ángel Pichetto, Carlos "Camau" Espinola y Pedro Guastavino.
En sí, en cada expediente criminal en curso, son los jueces quienes solicitan la intervención de los teléfonos y reciben el material. Por eso, el proyecto de Urtubey que la Corte reclama establece una “cadena de custodia” de esos archivos y prevé sanciones para los magistrados que no los “cuiden”.
Proyecto de ley en trámite
El primer artículo del proyecto de ley tiene como “Objeto. La presente ley tiene por objeto regular la realización de las intervenciones de comunicaciones y su debida cadena de custodia”. No creo que sea necesario recordar las filtraciones de conversaciones telefónicas principalmente entre la ex presidenta y su funcionario, Oscar Parrilli, en la cual en tono jocoso rememoramos el ya famoso: “Soy Cristina, pelotudo”.
El artículo 14 del proyecto que ya tiene dictamen de la Comisión de Justicia y Asuntos penales de la cámara de Senadores explica las sanciones a quienes filtren las escuchas telefónicas como el delito de “violación de secretos”.
Art. 14.- Violación de secretos. Será reprimido con pena de prisión de dos (2) a cuatro (4) años, si no resultare otro delito más severamente penado, quien, a sabiendas, ofreciere, divulgare, comerciare, o entregare para su difusión, la documentación, la información o los registros obtenidos de una intervención de comunicaciones. Si el hecho lo cometiere un funcionario público que abusare de sus funciones, sufrirá, además, inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena.
Así como el artículo 15 explica penaría con “hasta 4 años de cárcel a quien ofrezca o divulgue la documentación, además de la inhabilitación por el doble de tiempo para ejercer cargos públicos”.
En tanto, el proyecto destaca la "confidencialidad" de la información que se obtenga producto de una "orden judicial de intervención de comunicaciones", Y detalla en su artículo 3 que "sólo será entregada a quien la autoridad judicial competente indique". Teléfono para los jueces que filtraron escuchas al periodismo.
"Los funcionarios, agentes, empleados y personas que intervengan en el proceso de intervención están obligados a guardar reserva absoluta de la información a la que accedan en el marco de sus funciones. En todos los casos, deberán suscribirse compromisos de confidencialidad respecto de la información a la que accedan", agrega el articulado del proyecto de ley paralizado en el Congreso de la Nación por el año electoral.
"Queríamos dejar claro que los jueces filtran las escuchas a los medios y debían ser penados por eso. Cristina no entendió nada: esa ley la protegía. Y no sé por qué razón al Gobierno no le volvió a interesar tratarla", rememoró al sitio LPO un senador oficialista que tras la acordada de la Corte empezó a repasar los detalles de aquella sesión.
La ley, además, empodera a la bicameral de control de inteligencia al otorgarle el control del cumplimiento de la custodia de las escuchas y recibir toda la información recolectada por la DaJudeCo.
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