El cannabis medicinal lo utilizan los pacientes para paliar los síntomas de enfermedades oncológicas, epilepsias, artritis o fibromialgias, entre otras. Pero la falta de una ley nacional había obligado a varias familias a judicializar la salud para preservar y mejorar la salud de sus hijos.
Desde este medio contamos varias historias de vida de familias que tuvieron que acudir a la Justicia para poder utilizar el cannabis de forma medicinal para enfermedades congénitas.
Tal fue el caso en la ciudad de La Plata donde en enero de 2017 el juez Adolfo Ziulu avaló su uso para un chico de un año y siete meses que padece del síndrome de West o encefalopatía epiléptica y necesitaba usar aceite de cannabis denominado Charlotte Web Hemp Extract Oil, cuyo principio activo es Cannabidol, un jarabe de presentación de 100 ml en la cantidad requerida por el profesional médico tratante, pero la obra social de petroleros no le cubría el tratamiento. El niño padecía una sucesión de espasmos cerebrales diarios, síntomas que según la prescripción profesional mermarían con la administración de ese producto de origen importado, según el fallo.
Otra caso de una familia de la localidad rionegrina de San Antonio Oeste tras el amparo presentado ante el juzgado federal de Viedma que le avaló el cultivo de plantas de cannabis para su hijo paciente del síndrome de Tourette. El fallo dijo que el “autocultivo para fines paliativos, terapéuticos o médicos debe ser considerado, ante todo, como un derecho”.
En la ciudad de Buenos Aires, el pasado 11 de noviembre de 2019, el juzgado 15 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, presidido por Víctor Trionfetti, hizo lugar a la medida solicitada por la madre de un adolescente de 14 años con discapacidad y diagnosticado con “retraso global severo del desarrollo de causa no tipificada y epilepsia refractaria severa con crisis múltiples". El fallo ordenó al gobierno porteño a abonar de manera integral el valor del aceite de uso medicinal recetado a la madre del niño.
Pese a este relativo éxito para estas familias, algunas siguen esperando como es el caso de “Madres que se Plantan” de Rosario que tras esperan que la Corte Suprema resuelva el amparo presentado para que las autoricen a cultivar el cannabis que necesitan sus hijos para seguir sus tratamientos. En Santa Fe, avanza la ley que ya tuvo media sanción para que se autorice el autocultivo de cannabis medicinal en toda la provincia más allá del amparo presentado por las madres con el apoyo de Asociación de Usuarios y Profesionales para el Abordaje del Cannabis (Aupac).
Reglamentación
La Ley Nacional Nº 27.350 de “Investigación Médica y Científica del uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados sancionada en 2017, durante la gestión del expresidente Mauricio Macri tuvo como objetivo promover “la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta”, aunque en la práctica tuvo un enfoque restrictivo.
Desde la ONG Mamá Cultiva explicaron que desde su sanción “la ley no contemplaba tres pilares fundamentales: el autocultivo, el cultivo solidario y el cultivo comunitario”. Parece que la reglamentación después de tres años de sancionarse la ley salda algunas deudas “permitiendo el cultivo para investigación y la inclusión de nuevas patologías habilitadas para recibir este tratamiento”.
“Desarrollar e implementar acciones de promoción y prevención dirigidas a los equipos de salud y organizaciones de la sociedad civil que aborden la temática sobre Cannabis medicinal y a atender la salud integral de las personas a las cuales se les indique como modalidad terapéutica, medicinal o paliativa del dolor, el uso de la planta de Cannabis y sus derivados, conforme la normativa vigente”, explica el artículo 3 de la reglamentación.
Con la publicación de la nueva normativa en el BO, no sólo tendrán el permiso los pacientes con epilepsias refractarias sino cualquier persona que obtenga efectos positivos para su salud. Además, incluye la autorización del cultivo personal y en red para los usuarios, investigadores y pacientes que se registren el Programa nacional de Cannabis (REPROCANN).
La autora del proyecto la diputada Carolina Gaillard agradeció que el Gobierno se pudo “poner en los zapatos de miles de argentinos que hacen uso del tratamiento, por escuchar la demanda de las madres, de las organizaciones y reglamentar con un profundo compromiso con los derechos humanos, y la salud pública”.
La presidenta de Mamá Cultiva, Valeria Salech, sostuvo hoy a Télam que “es la reglamentación que esperábamos en marzo de 2017. No podemos más que celebrar que en un contexto como éste el Gobierno nacional haya escuchado el pedido de la sociedad y haya visto que la marihuana no sólo no es un flagelo sino que puede ser una solución para muchos problemas socioeconómicos”, indicó Salech feliz por el cambio que producirá para muchas familias.
La reglamentación detalla "el Estado garantizará ahora el autocultivo ya que permite también el cultivo solidario o bien a través de la utilización de especialidades medicinales en los casos en que exista indicación médica" . También "implementarán medidas para proveer en forma gratuita por parte del Estado derivados de la planta de cannabis para los pacientes que cuenten con indicación médica con cobertura pública exclusiva. En caso contrario, la cobertura deberá brindarla las obras sociales y agentes del seguro de salud".
C.A.B.A. autoriza cultivo de cannabis para fines medicinales
La Legislatura porteña aprobó este jueves durante la sesión ordinaria la ley a través de la cual la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a la Ley Nacional Nº 27.350 de “Investigación Médica y Científica del uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados” y fijó un marco regulatorio para el acceso informado y seguro, la investigación, el uso científico y la producción pública del cannabis y sus derivados como recurso terapéutico en el ámbito de la Ciudad.
“Nuestro Gobierno Nacional avanzó ayer a través del Decreto 833-2020 en una nueva reglamentación que amplía derechos de la Ley Nº 27.350. Se ha mejorado y dado una normativa de avanzada que, en consonancia con la adhesión de la Ciudad, va a garantizar el acceso efectivo a tratamientos de salud para las personas que lo necesiten”, sostuvo la legisladora del Frente de Todos, María Rosa Muiños, una de las principales impulsoras de la Ley aprobada por la unanimidad del Cuerpo parlamentario.
“La Ley local establece los marcos legales para garantizar la investigación, con el objeto de afianzar y mejorar los tratamientos hasta hoy conocidos. Es una Ley de consenso que da respuestas concretas a una necesidad que está latente en la sociedad, en muchas familias, en la lucha organizaciones y de un montón de mamás que tratan de darle una mejor vida a sus hijos que padecen enfermedades tratables con cannabis”, expresó Muiños, quien llevó adelante la iniciativa, junto a los legisladores del bloque UCR-Evolución, Leandro Halperín, Ariel Álvarez Palma, María Inés Gorbea, Marcelo Gouman; Juan Francisco Nosiglia, Martín Ocampo, Manuela Thourte, María Patricia Vischi y Diego Weck.
“Queremos que la Ciudad garantice el derecho a la salud en lugar de criminalizar la utilización de cannabis con fines medicinales, ya que en los últimos años, tanto la ciencia como la medicina, han comenzado a divulgar sus efectos positivos para determinadas dolencias, epilepsia refractaria, espasticidad y espasmos dolorosos en esclerosis múltiple, reducción de náuseas y vómitos. Este es un paso esencial, pero es el primero. Necesitamos llegar a más consensos para lograr una Ley todavía mejor”, indicó la vicepresidenta 2da. de la Legislatura.
La normativa dispone que el Ministerio de Salud porteño, en tanto autoridad de aplicación, promoverá “la investigación y capacitación de la siembra, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación”, e impulsará “estudios e investigaciones clínicas para profundizar conocimientos y crear nuevos saberes”, que cuenten con la participación de asociaciones civiles, entes estatales como hospitales públicos y universidades, y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).
Respecto del cultivo, la Ley indica que “todo paciente o representante legal, tutor o curador de paciente que se encuentre comprendido en las previsiones de la Ley N° 27.350 está habilitado a sembrar, cultivar o guardar cannabis en las cantidades y formas que determine la legislación vigente. El Ministerio de Salud deberá previamente autorizar y establecer mecanismos de aprobación, tanto en la normativa sobre el cultivo como en el aceite producido. A tal fin, se solicitará al INTA y a la ANMAT las colaboraciones técnicas correspondientes”.
Asimismo, se creará el “Consejo Asesor de Políticas relacionadas al Cannabis”, conformado por representantes de asociaciones civiles especializadas, representantes de los usuarios, profesionales e investigadores de universidades.
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