Desde esta semana la aplicación de viajes para mujeres "She Taxi" desembarca en la Ciudad de Buenos Aires y comenzó a registrar conductoras habilitadas de taxis y remises. Después de más de tres años de juicio el Tribunal Superior de Justicia porteño finalmente hizo lugar al amparo presentado por la taxista y creadora de la aplicación Maria Eva Juncos.

"La primera y única aplicación que te garantiza que al pedir un taxi/remis habilitado tu chofer sea una mujer", se presenta la aplicación que desde el pasado 25 de mayo se encuentran registrado choferes mujeres en la Ciudad de Buenos Aires y que pronto estará disponible para que las usuarias puedan solicitar viajes.

La aplicación fue lanzada en 2017 en Rosario, Santa Fe, y uno de sus objetivos es reducir las situaciones de acoso y la brecha de género del sector. No más del 5 % de quienes manejan vehículos de este tipo son mujeres. Aunque no le fue fácil desembarcar en la ciudad ya que Juncos debió presentar un amparo en 2017 para que le permitan trabajar con igualdad.

El amparo fue rechazado tanto en primer instancia como en la Cámara. El fallo de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario fue firmado por mayoría integrada por los jueces Hugo Zuleta y Esteban Centanaro. Mientras que la otra camarista Gabriela Seijas votó a favor. Con todo ello, en abril de 2019 el expediente llegó al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad.

La legislación porteña sólo permitía la contratación de servicios de taxi por internet a través de la aplicación oficial Taxi BA o de aquellas que dependieran de las centrales de radio taxis. Esto fue modificado por una ley sancionada en 2019 (Ley 6098) pero que aún no fue reglamentada.

Por eso las juezas del máximo tribunal de la ciudad decidieron pronunciarse en el expediente al contrario de sus pares hombres. "Pese a que la normativa vigente al inicio de este proceso ha sido modificada por la Legislatura, la prohibición contra la que accionó la actora continúa vigente, lo cual justifica sobradamente la emisión de un pronunciamiento", explicó la jueza Marcela De Langhe.

La jueza Inés Weinberg explicó que el caso es un "caso constitucional centrado en la violación a su derecho a trabajar, a ejercer industria lícita, a contratar libremente y a la igualdad". "Las mujeres sufren una desigual inserción laboral, lo que se manifiesta en menores tasas de participación en el mercado de trabajo y su contraparte, mayor carga horaria en las actividades domésticas", agregó Alicia Ruiz en la sentencia.

Santiago Otamendi, por su parte, sostenía que era "abstracto" el caso porque "de acuerdo con la regla según la cual las sentencias han de ceñirse a las circunstancias dadas cuando son pronunciadas". Mientras que el otro juez Luis Lozano directamente sostuvo que "no trae a conocimiento de los jueces ningún conflicto actual o inminente con la Administración este amparo se sigue contra una actitud de la Administración que conjetura".

Finalmente, se hizo lugar al amparo presentado por Juncos y se revocó la sentencia de la Cámara ordenando al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que se "abstenga de tratar en forma distinta a la actora y a las empresas de radio taxi existentes a los efectos de la solicitud y trámite del permiso para prestar el servicio de despacho de viajes".

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