La Cámara Federal de Casación penal ratificó una condena de seis meses de prisión en suspenso por abuso de autoridad contra el ex titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) Martín Sabatella. El actual titular de la Autoridad Matanza Riachuelo (ACUMAR) sostuvo que "confirmaron un disparate" por "haber intentado que el Grupo Clarín cumpliera la Ley de Medios" y anticipó que apelará la decisión. FALLO.

Con el voto conjunto de los jueces Mariano Borinsky y Javier Carbajo la sala II de la Cámara confirmó la condena al rechazar un recurso presentado por Sabatella. La otra jueza que integra el tribunal Ángela Ledesma votó en disidencia proponiendo la absolución del ex titular del AFSCA. "Más allá de las atribuciones que formalmente poseía", explicaron los jueces en el voto en mayoría, "no se ajustó al principio constitucional de razonabilidad, pues respondió a intereses particulares que denotaban un trato discriminatorio respecto del grupo empresario".

Al enterarse del rechazo del recurso el propio Sabatella salió a responder y explicó que como funcionario su deber era "ni más ni menos, que hacer cumplir la Ley, porque la Ley es igual para todxs, aunque a algunxs no les guste y crean tener coronita”. Asimismo anticipó que va a apelar la decisión, lo que significa que será la Corte Suprema la que tendrá la última palabra en el caso.

“Los jueces Borinsky y Carbajo confirmaron un disparate" añadió el ahora titular de ACUMAR y recordó que “esta causa, la inició Magnetto y la instruyó el juez Bonadío, y se enmarca en la estrategia de persecución política y lawfare".

En la causa, el Grupo Clarín sostenía que "se habían realizado diversas presentaciones con el objeto de iniciar el plan de adecuación con el aval del A.F.S.C.A. y que la cuestión denunciada no giraba en torno a la celeridad sino, antes bien, a la imparcialidad y el trato desigual que en el proceso se le dispensó al grupo periodístico". Algo que el juez de primera instancia, Ariel Lijo, calificó como "particular animosidad" algo que según ese juez respondía a un "apartamiento de la imparcialidad y respondió a móviles ideológicos".

Carbajo y Borinsky tomaron en cuenta varias partes de lo resuelto por Lijo para desestimar el recurso. “El cambio intempestivo en los tiempos del expediente - celeridad en la confección de dictámenes-, el "urgente tratamiento sobre tablas, la conferencia de prensa del Presidente del A.F.S.C.A. previo a la reunión de directorio y los fundamentos de las ́decisiones judiciales posteriores a la resolución 1121/2014, son los elementos que permiten arribar a la conclusión de una decisión arbitraria, alejada de los principios de imparcialidad”, citaron.

 "El Grupo Clarín, que no estaba dispuesto a perder privilegios, presentó un plan de adecuación tramposo, mentiroso y fraudulento. Cuando decían que vendían, no vendían; cuando decían que se dividían, no se dividían; y mantenían vínculos societarios con distintas empresas en distintos lugares del mundo, violando el espíritu de la Ley”, insistió Sabatella. 

La jueza Ledesma, en disidencia, consideró "sumamente llamativo" que la sentencia del juez Lijo "concluya en la atribución de responsabilidad penal por un abuso de autoridad cuando de los motivos que ella expone surge que durante el proceso de adecuación se había cumplido con las exigencias de fundamentación propias de la administración pública”.