Según medios nacionales con acceso al acuerdo con el FMI, la medida insta a “revisar regímenes jubilatorios especiales” los cuales fueron revisados hace dos años con una ley sancionada que ya modificó el cálculo de los haberes jubilatorios de los magistrados y magistradas, entre otras medidas.

La reforma jubilatoria de jueces, fiscales, defensores, empleados y funcionarios de todo el Poder Judicial fue aprobada por el Congreso en marzo del 2020 y en abril se publicó en el Boletín Oficial con el número 27.546 lo que marcó su entrada en vigencia. Además, el Decreto Nº 354/2020 traspasó el pago de los haberes jubilatorios del Consejo de la Magistratura de la Nación a la ANSES.

Esta ley fue judicializada por la AMFJN y hace rato que deambula por el fuero Contencioso Administrativo Federal porque ningún juez ni jueza quiere hacerse cargo de firmar esta sentencia.

La normativa  aprobada pocos días antes de que se iniciara la cuarentena, se incluyeron varios puntos: una suba de la edad jubilatoria para los varones, un incremento de seis puntos porcentuales del aporte personal para financiar al sistema, una modificación de la fórmula de cálculo del haber inicial para tender a moderar el monto de las prestaciones, y el establecimiento de nuevos requisitos para acceder a ellas, que ya fueron materia de reclamos judiciales.

De acuerdo a datos oficiales de Anses, hoy en día los trabajadores retirados del Poder Judicial son 7.150 personas de un total de siete regímenes especiales bajo la órbita de la Administración Nacional de la Seguridad Social. 

En la justicia, ex jueces o funcionarios del Poder Judicial ya jubilados, cobran en promedio $385.181, en detalle, de ellas, hay 3079 personas que cobran más de $500.000 y 462, más de $1 millón de pesos.  

Tras la difusión de esta “posible” medida, la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional emitió rápidamente un comunicado en el cual “rechaza categóricamente cualquier modificación que, una vez más, intente alterar el régimen jubilatorio de magistrados/as y funcionarios/as, erróneamente considerado de privilegio”.

En este sentido, la conducción de la AMFJN presidida por Marcelo Gallo Tagle, explicó que estos cambios no inciden en la economía argentina ya que implican un mínimo porcentaje del PBI.

“El régimen de jubilación del Poder Judicial y de los Ministerios Públicos en nada incide sobre el endémico problema económico que azota a la República Argentina desde hace décadas; ello obedece, entre otros múltiples factores, a la falta de programas económicos responsables”, expresó el comunicado al que accedió Tiempo Judicial.

Y recordaron que los jueces y fiscales aportan un porcentaje de jubilación dos puntos más que el resto y desde AMFJN entienden que “sus haberes previsionales no deben ser utilizados como variable de ajuste permanente, como consecuencia de la inoperancia de las políticas económicas”.