La semana pasada, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó tres condenas dadas por el Tribunal Oral Federal N°2 de Salta, por el robo de caños del Gasoducto GNEA. Entre ellas, se ratificó la pena de seis años y medio de prisión al ex intendente de Aguaray, Jorge Prado.

El tribunal, integrado por los jueces Mariano Borinsky (presidente), Javier Carbajo y Gustavo Hornos, tuvo el mismo criterio y confirmó las condenas, además, de los empresarios Diego Alos, con una pena de seis años de prisión, y Adrián Vera, de tres años y ocho meses de prisión.

En tanto, dos de los acusados, Andrés Ayala, gerente de la firma PERTERSER S.R.L., y de Matías Rossi, titular de la empresa COMARFIL SA, vieron su absolución revocada. Fue en base a los argumentos presentados por los fiscales generales Eduardo José Villalba, de la Unidad Fiscal Salta, y del fiscal de casación, Javier de Luca, que el tribunal tomó la decisión.

El gerente Ayala fue declarado culpable en calidad de coautor por el robo agravado de 161 caños, mientras que el empresario Rossi fue declarado responsable por ser considerado autor del delito de encubrimiento, según consideró el tribunal, por adquirir “cosas que podía sospechar que provenían de un delito agravado por el ánimo de lucro”.

El TOF 2 salteño expresó en su sentencia que “el gasoducto fue declarado de interés nacional, con una concesión por 35 años para el traslado de fluidos… con una construcción del 80%, faltando 130 kilómetros en la provincia de Salta”, y detalló que “la obra tenía previsto beneficiar a 1.700.000 personas del noroeste y noreste argentino”.

Por su parte, la Sala IV dictó que el tribunal salteño lleve adelante el juicio y determine las penas para empresarios que fueron declarados culpables y resaltaron el perjuicio causado por los condenados. Según lo informado, el daño calculado era de dos mil millones de pesos por el robo de más de 600 caños, aunque en el juicio se logró probar la sustracción de 228 en hechos ocurridos entre diciembre del 2019 y abril de 2020.

“De la lectura de los antecedentes del caso surge que en todo momento los hechos presentados por el Ministerio Público Fiscal estuvieron dirigidos a demostrar que un grupo determinado de personas se robaron, en lugares despoblados, caños de acero que correspondían al gasoducto NEA, algunos en la zona de Tonono-Campo Durán y otros en la de El Desemboque (en el Departamento General San Martín)”, señaló el tribunal.