La Cámara Federal de Mar del Plata, en plena feria judicial, declaró inadmisibles distintos recursos extraordinarios que se habían presentado contra la sentencia de diciembre pasado que autorizó las exploraciones petroleras off shore en el Mar Argentino. Con este rechazo, la empresa Equinos quedó habilitada para realizar los bombardeos sonoros sobre el mar. Sin embargo, las organizaciones ambientales aún pueden recurrir en queja a la Corte Suprema.
En concreto la cámara dictó tres sentencias con las firmas de los jueces Eduardo Jimenez y Bernardo Bibel. Este último firmó en carácter de conjuez ante la licencia Alejandro Tazza, el otro integrante del tribunal. Las tres, de idénticos argumentos, sostienen que “el aquí dictado no constituye un pronunciamiento definitivo, o que prive por sus efectos al impetrante, de la prosecución del juicio o de recurrir a los medios legales que le permitan tutelar sus derechos”.
“No cabe ninguna duda de que aun luego de dictada la resolución recurrida, el derecho de fondo que se discute no deja de ser litigioso, y la cuestión abordada podrá reeditarse ante eventuales nuevos fundamentos”, dicen los jueces para declarar inadmisible el recurso. Esto tiene como primer efecto la habilitación a la empresa Equinor a realizar los bombardeos sonoros a 300 kilómetros de las costas de Mar del Plata.
Esto afectará a las poblaciones de Ballenas Francas Australes y la fauna marina en su hábitat natural, algo que fue mencionado en el fallo de diciembre pasado cuando explicaron que los proyectos humanos acarrean usualmente impactos ambientales”. Pero aclararon: “Estamos persuadidos que la inclusión, en el Proyecto, de Observadores pertenecientes a Pampa Azul, optimizaría el cuidado del Monumento Natural Ballena Franca, la tutela del Agujero Azul, así como la posibilidad de suspender toda actividad ante un acontecimiento que afecte sensiblemente al ambiente”.
Hay que recordar que cuando los jueces dejaron sin efecto la medida cautelar realizaron una conferencia de prensa en la que sostuvieron: “No quisimos avalar ni un fascismo ambiental ni una explotación a cómo venga, tenemos que buscar un justo equilibrio para que no dañe los ecosistemas”.
La causa se inició después de que en diciembre del 2021 el gobierno nacional, mediante resolución 436/2021, habilitara la explotación petrolera en tres zonas que se ubican frente a las costas de Mar del Plata. Vecinos y vecinas fueron a la justicia para detener esto y en enero de 2022 el juez federal de Mar del Plata Santiago Martín suspendió los trabajos.
El Juzgado Federal N° 2 de Mar del Plata ratificó en octubre pasado esa medida cautelar pero ello fue apelado por los representantes de las petroleras y allí volvió a la Cámara que el 5 de diciembre pasado notificó a las partes su decisión de levantar la medida en un fallo de treinta y dos páginas firmado por los jueces Tazza y Jiménez. Y que ahora tuvo un nuevo paso con la declaración de inadmisibilidad de los recursos extraordinarios presentados.
La organización “Naturaleza de Derechos”, que acompaña con el patrocinio jurídico gratuito en uno de los tres expedientes anticipó que presentará la queja ante la Corte Suprema pidiendo que de modo urgente se suspendan los efectos de la sentencia que autoriza las exploraciones sísmicas, se le de intervención a la Procuración General de la Nación, se abra la instancia de Amicus Curiae y se designe una Audiencia ante la misma Corte Suprema para que las partes puedan expresarse oralmente.
Los otros dos expedientes son “Fundación Greenpeace Argentina y otros c/ Estado Nacional de la República Argentina y otros s/ amparo ambiental” y “Godoy, Ruben Oscar c/ Estado Nacional - Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y otros s/ amparo ambiental”.
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