En un fallo histórico en el país, la jueza Mariana Wallace, a cargo del Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 4° Nominación en la ciudad de Córdoba, reconoció el derecho de una mujer de la comunidad islámica a rezar en la mezquita en el mismo espacio que ocupan los hombres, sin barreras físicas que la separen de ellos. Además, la jueza determinó que la mujer tiene derecho a compartir alimentos y participar en otras actividades religiosas con los varones, tal como lo hacía bajo la dirección de su predecesor.

Esta decisión judicial se produjo tras la denuncia presentada por la mujer contra el nuevo imán de la mezquita, quien había impuesto prácticas que habían sido superadas por sus predecesores. Estas prácticas incluían rezar tras una biblioteca y prohibirle conversar y comer con los varones de la comunidad después de la oración.

La jueza Mariana Wallace fundamentó su decisión en la importancia de garantizar los derechos de las mujeres a vivir una vida libre de violencia y discriminación, lo cual forma parte del orden público en Argentina según lo dispuesto en la Ley 26485. Además, se aplicó el "principio de no regresividad" de los derechos humanos, que prohíbe la adopción de medidas deliberadas que empeoren el nivel de goce de un derecho.

La mujer que presentó la denuncia es miembro de la comunidad religiosa islámica de la ciudad de Córdoba. Tras las medidas de resguardo previstas en la Ley de Violencia Familiar y de Género y las recomendaciones formuladas por el juzgado, la jueza concluyó que las acciones del nuevo líder religioso no estaban justificadas por razones de peso suficiente para cambiar las prácticas establecidas por su predecesor.

La magistrada enfatizó que los valores de tolerancia, libertad y respeto mutuo son fundamentales y que las imposiciones del líder religioso no respetaban a la mujer afectada. Asimismo, se subrayó la importancia de interpretar las prácticas religiosas en el contexto del "desarrollo progresivo" de los derechos humanos, lo que implica avanzar hacia la plena efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales.

Finalmente, la jueza Wallace instó a la comunidad de la mezquita a dialogar sobre la evolución de los derechos y las prácticas religiosas a la luz de los derechos humanos en un Estado laico. También ordenó informar a la Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de Violencia de Género (CONSAVIG) para que tome conocimiento de la situación y colabore en la promoción del ejercicio efectivo de los derechos de la denunciante.

Este fallo marca un hito importante en la lucha por la igualdad de género y los derechos de las mujeres en el ámbito religioso en Argentina, y destaca la importancia de respetar los principios de igualdad y no discriminación en todas las esferas de la sociedad, incluyendo la religión.

04 Violencia de genero. Practica religiosa