El 31 de diciembre de 2023, el gerente de una Pyme de la localidad de Lanús, provincia de Buenos Aires, había sido víctima de un ciberdelito a través del método conocido como 'pishing'. Ahora, la Justicia consideró a una “persona jurídica” como "consumidor” y el banco deberá devolver más de $12.000.000.
Al hombre, a cargo de la empresa Quateck S.R.L, le habían sustraído $ 8.737.109 de su cuenta corriente en un banco privado y comprobó que ese dinero había ido a siete cuentas de desconocidos en apenas segundos.
Tras realizar el reclamo a la entidad sin que lograra que su dinero sea devuelto, presentó una denuncia en el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 19 de La Plata.
Fue luego de la investigación, que en un fallo inédito, la jueza María Cecilia Tanco comprobó que el hombre fue víctima de una estafa mediante la intromisión de un “malware” en la computadora, donde se encontraban las claves de acceso al Home Banking de la empresa.
FALLO INÉDITO
Hasta el momento, los bancos se oponían a que las personas jurídicas sea consideradas consumidores, cuestión que sí destacó la jueza, quien sostuvo que "la debilidad de los sistemas de seguridad del banco en materia operaciones electrónicas de personas jurídicas -en los que no existe validación biométrica y no cumplen con los estándares de seguridad necesarios- permitió que se hicieran las transferencias".
El abogado de la PyME, Marcelo Szelagowski, señaló que el fallo “es un ejemplo de aggiornamiento en materia derecho del consumidor”, y agregó: "No sólo protegió a las pequeñas empresas y personas jurídicas aplicando sin titubeos la Ley de Defensa del Consumidor, sino que subrayó la falta de seguridad de la que adolecen las operaciones electrónicas".
"Es inaceptable que el sistema de seguridad del banco no haya interceptado un simple malware. Le permitió el acceso a todos los fondos de mi cliente sin generar sospechas ante la entidad bancaria y transferir millones a cuentas destino con los que el cliente nunca había operado", afirmó.
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