La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de General Roca, provincia de Rio Negro, puso el foco en el uso indebido de inteligencia artificial en el ejercicio profesional al confirmar el rechazo de una demanda judicial y formular un severo llamado de atención a las abogadas patrocinantes. El tribunal advirtió que la incorporación de herramientas tecnológicas en la labor jurídica exige un control humano estricto y no exime de responsabilidad a quienes firman los escritos.
En su análisis del recurso de apelación, los magistrados detectaron que las letradas habían citado supuesta jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro que, tras ser verificada en registros oficiales, resultó inexistente.
Según concluyó la Cámara, esas referencias fueron generadas mediante sistemas de inteligencia artificial sin la correspondiente verificación profesional.
El fallo explicó que este tipo de errores responde a un fenómeno conocido como “alucinaciones”, mediante el cual los sistemas de IA producen información falsa que aparenta ser verídica. Frente a ello, el tribunal remarcó que la tecnología solo puede ser utilizada como herramienta auxiliar y que la responsabilidad ética y técnica del contenido presentado ante la Justicia recae exclusivamente en los abogados.
La resolución subrayó que la falta de control humano sobre los resultados arrojados por la inteligencia artificial vulnera los deberes profesionales y compromete la seriedad del proceso judicial.
Finalmente, la Cámara confirmó la sentencia apelada y recordó que la Acordada 22/2025 del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro prevé la aplicación de sanciones correctivas ante el uso inadecuado de estas tecnologías en actuaciones judiciales.


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