A través de una acordada firmada el martes, y ante el reiterado pedido del CPACF, el Máximo Tribunal resolvió posponer por cuarta vez hasta el primer día hábil de mayo próximo la implementación de las cláusulas previstas en la acordada 3/15 en toda la Justicia Nacional y Federal. El expediente digital, según cuentan a este medio varios trabajadores judiciales, funciona defectuosamente en varios fueros. Pese a ello, es saludable que la justicia evolucione acorde al paso del tiempo y se dejen de coser expedientes.

Desde el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal vienen reclamando desde 2013 que el proceso de introducción al expediente digital para sus matrículas deben ser progresivos porque corta de plano con una tradición de la profesión. En los últimos pedidos a la CSJN, señalaron que desde “la vigencia del sistema de notificaciones electrónicas hemos venido trabajando mancomunadamente informando y capacitando a los abogados”.

Pese a esto, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió postergar, por última vez, hasta el primer día hábil de mayo de 2016 la implementación de las cláusulas previstas por acordada 3/2015 en toda la Justicia Nacional y Federal, a fin de facilitar su aplicación.

La entidad que nuclea a miles de abogados de la Capital Federal señaló que hay que "privilegiar la seguridad jurídica y los derechos de los justiciables, por sobre todo programa de transformación”. Agregaron desde la entidad que ya se realizaron capacitaciones a las cuales asistieron más de 10 mil abogados matriculados. 
En tanto, desde el CPACF que dirige el Dr. Eduardo Awad, explicaron que es un “cambio cultural que necesariamente se impone en la vida de todos los abogados, no sólo con respecto al Sistema de Notificaciones Electrónicas, sino también a lo dispuesto en las acordadas 11/2014 y 8/2012 de ese Alto Tribunal bajo su presidencia”. En esta nota, te contamos a continuación qué tenés que aprender sobre el expediente digital si todavía no lo hiciste.

 

¿Qué trámites se digitalizan?


– Todas las presentaciones in forma pauperis serán digitalizadas e incorporadas a Lex100 inmediatamente por el secretario o prosecretario que tome contacto con el escrito.

 

– Se habilitará un perfil de autorizado para que las personas jurídicas y los organismos del Estado puedan visualizar las cédulas recibidas por sus representantes, previa registración en el sistema con su CUIT y correo electrónico.

– Desde el 1er. día hábil del mes de mayo (prorrogado a diciembre) de 2015, en los casos en que quienes actúen como demandados sean organismos del Estado o Ministerios Públicos, previa celebración de un acuerdo de adhesión, las notificaciones a domicilios reales, el traslado de la demanda y la reconvención, serán a través del sistema de notificaciones electrónicas.

 

– A partir del 1er. día hábil del mes de mayo de 2016 la aplicación del sistema de notificaciones electrónicas se extenderá a todas las causas en trámite en el Poder Judicial de la Nación, de modo que ese sistema de notificación será, a partir de esa fecha, obligatorio y exclusivo.

 

– A partir del 1er. día hábil del mes de mayo de 2016, en todas las Cámaras, Tribunales y Juzgados del Poder Judicial de la Nación, el Libro de Asistencia en papel se remplazará por un registro digital dentro del Sistema de Gestión Judicial y la oficina judicial deberá asentarlo en el expediente en soporte papel conforme lo dispuesto en el anexo II.

– La Comisión Nacional de Gestión Judicial junto con la Dirección de Sistemas de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Dirección General de Tecnología del Consejo de la Magistratura, aconsejarán sobre la adopción de futuras directivas que faciliten la instrumentación y gestión de actividades vinculadas a estas nuevas funcionalidades. Se delega en la Presidencia del Tribunal la facultad para dictar todas las disposiciones complementarias y ejecutorias de la norma que se aprueba; y en el Sr. Secretario General y de Gestión, la firma de disposiciones instructorias.

 

Se adjunta la acordada 35/15, firmada este martes 1 de diciembre. 

 

ADJ-0.892927001448982516