El Gobierno convocó a sesiones extraordinarias entre el 10 y el 28 de febrero próximos para que el Congreso trate el proyecto de una ley complementaria del Régimen sobre Riesgo de Trabajo. La medida se enmarca en la polémica que generó en el seno de la Justicia con el corolario de la presentación de un amparo del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal la semana pasada solicitando derogar en DNU 54 de este año. 

 

El decreto de llamado a extraordinarias lleva el número 91 y fue publicado hoy en el Boletín Oficial. El Gobierno propuso una modificación al régimen de las ART, por la cual establece que las Comisiones Médicas Jurisdiccionales “constituirán la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención”, antes de que el trabajador inicie cualquier reclamo por contingencia o enfermedad laboral.

 

Los cambios implican una condición para que “el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contingencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo".

 

El texto agrega en los fundamentos que “en la actualidad, la mayoría de las contingencias amparadas por la Ley de Riesgos del Trabajo se reclaman a través de demandas laborales que evitan la obligatoria intervención previa de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales”.

 

La reforma fue introducida a través del Decreto 54/2017 del 23 de enero y responde a una iniciativa impulsada por el Gobierno que recibió la aprobación del Senado a fines del año pasado.

 

Días después de su publicación, el CPACF a través de un amparo, solicita la "declaración de nulidad por inconstitucionalidad del DNU54/2017" por considerarlo "a todas luces inconstitucional ya que no existen circunstancias excepcionales que justifiquen su dictado, mucho menos en una materia ya regulada por un proyecto, de ley que contaba con media sanción por parte del Congreso Nacional a través del Senado. Es decir, no existía la necesidad y no existía la urgencia para proceder a su dictado".

 

Desde la entidad conducida por Jorge Rizzo, explicaron que la normativa atacada comporta, además, una "inexcusable violación del orden jurídico constitucional, vulnerando lo dispuesto por los artículos 1,5,14,14 bis, 16, 17, 18,28,31,33,75 inciso 22,99 inciso 3° y 109 de la Constitución Nacional (CN)y el Pacto de San José de Costa Rica" (...).

En efecto, la aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia 54/2017 genera "una lesión de imposible reparación posterior, tanto sobre el derecho de propiedad y trabajo de los abogados, limitando su derecho a laborar, restringiendo sus honorarios y la facultad de pactarlos libremente", esgrimió el colegio así "como el derecho de todos los trabajadores en su conjunto, incluidos los abogados trabajadores en relación de dependencia, de acceder a la justicia y al juez natural, cuando pudieran verse afectados por una enfermedad o incapacidad Iaboral".

 

Uno de los argumentos del Poder Ejecutivo había sido la "alta litigiosidad" del fuero Laboral del cual no se conocen estadísticas reales. Tras el amparo de los abogados, ahora el Gobierno corrige la medida y la semana que viene se empezará a tratar el proyecto de ley al régimen de accidentes en el trabajo en el Congreso. 

 

Amparo-DNU-54-17