La Cámara Federal de Casación, en el marco de la mega causa ESMA, rechazó la aplicación del cómputo 2x1 para el represor Alfredo Astiz y a otros ocho condenados por delitos de lesa humanidad y así impidió su libertad. 

 

La Sala II de la Cámara, integrada por los jueces Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Carlos Mahiques, reafirmó su jurisprudencia de desestimar el cómputo de pena privilegiado. 

 

Alfredo Astiz, condenado a prisión perpetua por los delitos de lesa humanidad cometidos en la ESMA.

 

El 3 de mayo pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), con los votos afirmativos de los jueces Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, tilizó el artículo 7 de la ley 24.390, que estuvo vigente entre 1994 y 2001, actualmente está derogada, y otorgó el 2×1 para la pena de prisión en el caso del represor Luis Muiña, condenado por privación ilegítima de la libertad y tortura durante la última dictadura militar. Las defensas de varios condenados por delitos de lesa humanidad comenzaron a exigir el mismo beneficio. 

 

Para el juez Slokar, de aplicarse ese beneficio en esos casos "se ingresaría nuevamente en un pasaje de impunidad que se ha desandado paulatinamente durante los últimos veinte años a partir de la incorporación de los tratados de Derechos Humanos al bloque de constitucionalidad y, especialmente, ante la reapertura de estos procesos, originados en una respuesta legislativa y jurisdiccional, tardía, pero concluyente”.

 

Luego del masivo repudio popular que tuvo el fallo del máximo tribunal, el Congreso aprobó la ley 27.362, que establece que el beneficio del 2x1 en la pena "no es aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho interno o internacional”. En ese sentido, Alejandra Gils Carbó, la procuradora general de la Nación, dictaminó en contra del pedido de 13 represores condenados para acogerse a ese beneficio, entre ellos el ex presidente de facto Reinaldo Bignone. 

 

El 10 de mayo miles de personas se manifestaron en Plaza de Mayo contra el fallo de la Corte Suprema.

 

El juez Mahiques dijo: "Actualmente no es posible sostener que los delitos de lesa humanidad no estén hoy considerados como aquellos de mayor gravedad contra los cuales la sociedad reclama su efectiva punición declarando incluso su imprescriptibilidad e imponiendo a los Estados la obligación de perseguir y sancionar a sus responsables". 

 

De este modo, la Cámara desestimó los recursos de casación de las defensas de Astiz, Antonio Pernías, Jorge Carlos Rádice, Ricardo Miguel Cavallo, Adolfo Miguel Donda, Ernesto Frimón Weber, Juan Carlos Fotea, Carlos Octavio Capdevila y Juan Antonio Azic.

 

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