El juez federal, Sebastían Ramos, procesó sin prisión preventiva al empresario supermercadista, Alfredo Coto, por los delitos penales de “tenencia ilegal de armas de fuego” y “acopio de armas de fuego, piezas y municiones”. Así como “la inhabilitación preventiva” para usar o posee armas.

En las oficinas de la empresa en Villa Crespo fueron halladas 227 granadas, 41 proyectiles de gases, 27 armas de fuego y 2 de lanzamiento, 3886 municiones, 14 chalecos antibala, 22 cascos tácticos sin número visible, un silenciador y 9 escudos antitumultos. El año pasado, Coto explicó que las armas pertenecían a fuerzas de seguridad, que las dejaban ahí para ser usadas ante posibles saqueos.

El 5 de septiembre de 2016 la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC) recibió una denuncia anónima que las oficinas de la cadena de supermercados Coto en Paysandú 1800 había un arsenal de armamento. La investigación fue iniciada por los fiscales federales  Dres. Franco Picardi y Jorge Felipe Di Lello la investigación de ilícitos relacionados con armas de fuego, explosivos y demás materiales controlables.

El titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n°2 con sede en Comodoro Py también procesó al hijo Germán Coto por el mismo delito que al padre, al prefecto Cristian Javier Oscar González prima facie autor penalmente responsable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público porque parte del armamento que apareció en Coto estaba bajo su órbita.

Al empresario dueño de la cadena más de supermercados más importante del país, el juez Ramos lo procesó sin prisión preventiva por considerarlo “prima facie coautor penalmente responsable de los delitos de tenencia ilegítima de materiales explosivos, inflamables, asfixiantes, tóxicos o biológicamente peligrosos, sin la debida autorización legal o sin que medien razones que justifiquen dicha tenencia por motivos de uso doméstico o industrial (art. 189 bis inciso 1 ° párrafo 3ro del C.P.)”.

También lo procesó por el delito de “acopio de armas de fuego, piezas o municiones sin la debida autorización”, y por la “adulteración y/o supresión del número o grabado de un arma de fuego”.

En lo detalles de la sentencia, el magistrado explicó que la empresa “Coto Centro Integral de Comercialización S.A.” se encontraba inscripta ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) bajo la categoría “Usuario Colectivo”, como así también que los permisos que oportunamente le habían sido concedidos habían vencido el primer día del mes de diciembre de 2014, siendo su responsable el Sr. Alfredo Coto –titular del DNI n ° 4.584.517”.

El juez Ramos en el acto de apertura del año judicial el 6 de marzo de 2018. Crédito: Adrián Escandar.

En el allanamiento realizado el 30 de agosto de 2016, la Justicia detalló el armamento militar en tenencia del empresario supermercadista. La sentencia detalla que fueron halladas “doscientas veintisiete (227) granadas, cuarenta y un (41) proyectiles de gases MM RIOT CS SMOKE, veintinueve (29) armas de las cuales veintisiete (27) ellas de fuego y dos (2) de lanzamiento, tres mil ochocientos ochenta y seis (3886) municiones, catorce (14) chalecos antibala, veintidós (22) cascos tácticos sin número visible, un (1) silenciador y nueve (9) escudos antitumultos.

Asimismo, no se asentó en el acta la existencia de “spray de pimienta” marca Cóndor GL108/OC, no obstante, surgían fotografías de la existencia en el lugar de dicho material”. ¿Para que un empresario necesita este tipo de armamento?

Fallo adjunto cortesía del colega de C5N, Paulo Kablan.  COTO