El presidente volvió a cuestionar a jueces del fuero penal por la liberación “express” de delincuentes que roban arriba de una motocicleta. Los llaman “motochorros”. Esta expresión sumada a la de otros funcionarios porteños obtuvo el rechazo de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional que reitera su “rechazo a las reiteradas expresiones vertidas por altos funcionarios de gobierno, que cuestionan decisiones adoptadas por magistrados nacionales con competencia penal”. Y criticó las “severas deficiencias que presentan los sistemas de control de los imputados y condenados”.

El caso ocurrió cuando un motochorro que había asaltado a dos turistas griegos a metros del Teatro Colón fue liberado en menos de 24 horas por orden de un juez Ghirlanda. Esa decisión motivó rápidas y duras críticas del presidente de la Nación, Mauricio Macri, y de la ministra Patricia Bullrich, expresadas a través de sendos mensajes de Twitter. 

“Todo ello impone al Poder Ejecutivo Nacional realizar impostergables inversiones en infraestructura, tecnología y recursos humanos, y al Poder Legislativo Nacional a procurar un completo estudio de la normativa legal vigente en la materia en pos de su eficiencia. Medidas que, indudablemente, sí guardan directa relación lo que resulta materia de reclamo social”, expresó el comunicado al que accedió este medio reclamando mejoras en el Poder Judicial nacional.

Enojo de la asociación

Desde hace varios meses la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional viene intentando “concientizar a los diferentes formadores de opinión” y también a las autoridades políticas, que la aplicación del régimen procesal de “flagrancia”, exhibido por el oficialismo en reiteradas oportunidades como un logro de gestión en materia de seguridad pública, trae consigo que la libertad de los imputados opere en plazos sensiblemente breves, explicaron desde la AMFJN conducida por Marcelo Gallo Tagle.

“(…) en cuestión de pocos días e incluso horas el juez debe resolver la situación procesal, consolidando una pena de prisión que el imputado acuerda con la fiscalía y que en la gran mayoría de los casos resulta de ejecución condicional, o bien aplicando el instituto de la suspensión del juicio a prueba que también conlleva la soltura inmediata del imputado”, expresó la asociación que nuclea jueces, fiscales y defensores nacionales.

La AMFJN expresó que en el “contexto general en el que se dan las críticas que permanentemente recibe el Poder Judicial no pueden pasarse por alto las severas deficiencias que presentan los sistemas de control de los imputados y condenados” que resultan liberados bajo caución o reglas de conducta, o que cumplen penas privativas de la libertad de ejecución condicional.

Marcelo Gallo Tagle, nuevo presidente.

El delito que causó el revuelo mediático

El hecho ocurrió el 10 de marzo a las 17.50 en la avenida 9 de Julio y Tucumán, en el barrio de San Nicolás, cuando el delincuente, de 31 años, y dos cómplices interceptaron a dos turistas griegos, un hombre y una mujer, que paseaban por la zona. El sospechoso recuperaría la libertad después del mediodía.

"Desde la fiscalía no dieron el tratamiento del caso como un hecho de flagrancia. Entonces, desde el Juzgado en lo Criminal y Correccional N° 52, a cargo del juez Gabriel Ghirlanda, se dispuso la constatación de la detención del imputado, constatación de domicilio, juego de fichas y si no registra impedimentos por planilla prontuarial y reincidencia, se proceda a su soltura", informaron fuentes judiciales a Tiempo Judicial.

Ayer, tras las críticas del Gobierno nacional, la procuración general a cargo de Eduardo Casal emitió un comunicado oficial en el que explicó cuál fue el papel de la fiscalía que participa de la investigación de los hechos.

A través de un comunicado subido a la web oficial www.fiscales.gob.ar: "En vista a la información divulgada en las últimas horas por diversos medios de prensa gráficos y audiovisuales, relacionada con los hechos ocurridos el pasado domingo 10 de marzo en horas de la tarde en las inmediaciones del Obelisco, la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°57, a cargo de Anselmo Castelli, secretaría única de Eduardo Bossie, informa lo siguiente: De conformidad a lo establecido en la resolución 66/18 se puso el caso -y otros- en conocimiento del señor Fiscal General correspondiente para su debido registro. La no aplicación del procedimiento de flagrancia de ningún modo significa que los hechos no serán investigados. La fiscalía dispuso no aplicar al caso el procedimiento contemplado en la Ley N°27.272 de flagrancia por entender que no se daban las causales necesarias para ello".