En el día de la fecha, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la firma de los Ministros Maqueda, Lorenzetti y Rosatti  dispuso cautelarmente que los costos fiscales de la aplicación de los decretos 561 y 567 del 2019 del Poder Ejecutivo Nacional  y de las resoluciones 4546 y 4547 de AFIP sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional, sin afectar la coparticipación que corresponde a las provincias. En esta nota te anticipábamos el reclamo
 
Las provincias que reclaman con cabeza en Entre Ríos fueron las de Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Tucumán. 
 
La decisión fue adoptada en una causa en la que la Provincia de Entre Ríos impugnó el decreto 561/19 firmado por Macri como medidas post PASO para alivianar el peso fiscal sobre los ciudadanos pero que perjudicaron a las provincias porque el IVA y ganancias son impuestos coparticipables. 
 
En el decreto se disponía que a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realice una reducción en la base de cálculo de las retenciones para el cálculo del impuesto a las ganancias a determinados sujetos; y una reducción de un 50% de los anticipos que deban ingresar los trabajadores autónomos en concepto de impuesto a las ganancias en los meses de octubre y diciembre del ejercicio 2019. También planteó la inconstitucionalidad del decreto 567/19 en tanto dispuso una alícuota del 0% en el Impuesto del Valor Agregado para la venta de ciertos productos de la canasta alimentaria hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive.
 
 
La provincia que encabezó la demanda, Entre Ríos, expuso que el Poder Ejecutivo les "redujo unilateralmente montos de la masa de recaudación de impuestos coparticipables, sin tener competencia para ello, por lo que tales decretos y resoluciones violan los principios del federalismo de concertación y el principio de legalidad en materia tributaria". 
 
Y que las normas impugnadas provocaban un perjuicio actual y directo a la provincia de Entre Ríos.  En tal sentido, invocó un informe de la Comisión Federal de Impuestos, que estima que el impacto de las medidas adoptadas sobre la provincia actora supera la suma de $ 1.000.000.000. Entre otros reclamos que plantearon el resto de las provincias como Salta que estimó un perjuicio a sus arcas de 1200 millones de pesos. 
 

Amparo de gobernadores contra decretos de Macri sobre IVA y Ganancias tras las PASO que afectaron las arcas provinciales.

 
 
La mayoría del Tribunal fundó su decisión en la regla básica de la Constitución Nacional que organiza un estado federal y, en particular, la significación del régimen de coparticipación federal de impuestos, al cual los constituyentes reformadores de 1994 otorgaron un explícito reconocimiento constitucional como uno de los instrumentos en cuya observancia descansa la efectiva vigencia de ese sistema.
 
La Corte subrayó la trascendencia de las leyes-convenio como herramienta de coordinación entre las provincias y el Estado Nacional en el marco del proyecto federal que establece la Constitución Nacional, y destacó que tales leyes se ubican con una singular jerarquía dentro del derecho federal, de manera tal que sus previsiones no pueden ser modificadas unilateralmente.
 
El tribunal recordó con especial referencia a la posibilidad de detraer –como excepción- recursos coparticipables, que ello debe ser dispuesto por el Congreso y cumpliendo los requisitos constitucionales.  Así, el tribunal consideró que las medidas tomadas por el Poder Ejecutivo Nacional, sin contar con competencia para ello, podrían importar una erosión de la masa coparticipable a las provincias.