El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a cargo de Marcela Losardo, dispuso que las mediaciones prejudiciales podrán realizarse por medios electrónicos, mediante videoconferencia u otro medio análogo de transmisión de la voz o de la imagen. En el procedimiento se deberá garantizar el cumplimiento de los principios que lo rigen y la identidad de quienes intervienen.

La modalidad virtual se aplicará mientras duren las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio dictadas por el Poder Ejecutivo nacional. El mediador o mediadora tendrá la responsabilidad de convocar a las partes y a sus letrados patrocinantes.

Todas las partes intervinientes deberán acreditar su conformidad por escrito, mediante cualquier soporte, de realizar la mediación de este modo. Además, podrán  realizarse videoconferencias individualmente con cada parte o en forma conjunta con ambas. También podrá complementarse con el uso de correos electrónicos y diálogos telefónicos.

El acuerdo al que se arribe mediante la modalidad virtual, tendrá los mismos efectos que aquellos celebrados en audiencias presenciales.