En la Acordada 18/2020 la Corte Suprema decidió extenderla una vez más por razones de salud pública por el coronavirus. Son pocas las novedades luego que en el interior del país la Corte dio el aval para que las cámaras decidan o no levantar la feria extraordinaria.
Es la duodécima vez que la Corte Suprema de Justicia de la Nación emite una acordada por la emergencia sanitaria que vive el país para evitar contagios masivos por el Covid-19 en todo el poder judicial de la Nación. Así ya dispuso las acordadas 3, 4, 6, 7, 8, 9, 10, 13, 14,16 y 17 todas del corriente año.
El aspecto más destacado de la última acordada suprema es la de establecer que los magistrados “deberán evaluar lo conducente a fin de disponer la habilitación de la feria para, si lo consideran pertinente, proceder al dictado de sentencias definitivas e interlocutorias” en aquellos expedientes que se encuentren en condiciones de ser resueltos. Pero, aclaran los supremos, que “la habilitación del acto abarcará también su posterior notificación electrónica, pero los plazos procesales se mantendrán suspendidos”.
Recordemos que en la anterior acordada habilitó el levantamiento de la feria a raíz del pedido de cámaras del interior del país y que ya el máximo tribunal también dispuso una serie de protocolos sanitarios, protocolos para la tramitación de las causas en el marco de la pandemia y para que se adopten medidas sanitarias en las dependencias judiciales.
En tato, la Corte con la firma digital de sus cinco ministros y el administrador Héctor Marchi, dispuso hoy la posibilidad que las cámaras federales del interior del país y tribunales orales federales con asiento en las provincias en función de los artículos 2 y 3 del decreto 520/2020 que “informen a la Corte la posibilidad de disponer el levantamiento de la feria respecto de su propio tribunal y de los que se encuentran bajo su superintendencia” en función de la situación epidemiológica de la jurisdicción de las distintas sedes judiciales”. Claramente, se refiere a las 18 provincias que están en distanciamiento social, y no el área Metropolitana (C.A.B.A. y provincia de Buenos Aires) que sigue en aislamiento sanitario, preventivo y obligatorio.
En tanto, la Corte Suprema funcionará desde hoy de manera casi normal durante esta feria extraordinaria “con todos sus miembros y secretarios de Corte en el horario de atención al público para los tribunales de feria de lunes a viernes desde las 09:30 hasta las 13:30 horas”.
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