La Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires estableció pautas para la habilitación y funcionamiento de la actividad jurisdiccional en 33 Juzgados de Paz bonaerenses.
“Para el análisis de factibilidad de reapertura del servicio de manera presencial se han evaluado los datos estadístico, la planta del personal, considerando las personas dispensadas de concurrir, las vacantes existentes y las condiciones edilicias así como otros datos que suministraron cada uno de los jueces”, expresa la Resolución 583/20 del máximo tribunal bonaerense.
Asimismo, agrega que es preciso “normalizar progresivamente la actividad en aquellos municipios que la situación epidemiológica lo posibilite”.
Para habilitar su funcionamiento, la Suprema Corte estableció ciertas condiciones. En primer lugar, se trata de partidos comprendidos dentro de las medidas de distanciamiento social, preventivo y obligatorio. Asimismo, deben contar con un protocolo para el ejercicio de la abogacía y ajustarse a las decisiones sanitarias establecidas por las autoridades.
Además, aclara que la habilitación estará sujeta a un procedimiento de monitoreo, mediante el cual se controlará el cumplimiento de las condiciones. La medida entrará en vigencia a partir del 17 de junio para determinados juzgados de paz de los departamentos judiciales de Azul, Bahía Blanca, Dolores, Junín, La Plata, Mercedes, Necochea, Pergamino, San Nicolás y Trenque Lauquen.
Por otra parte, cabe recordar que el máximo tribunal bonaerense también dictó un protocolo con pautas sanitarias para la prestación del servicio de Justicia, tanto para el personal judicial como para las personas que interactúen con el mismo. Para el caso de los letrados, señala el obligatorio uso de tapabocas, utilización de bicicleta o caminata, evitar las horas pico, respetar el distanciamiento social y desinfectarse las manos.
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