La sala 6 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, integrada por los jueces Mariano González Palazzo, Julio Lucini y Magdalena Laíño, ordenó el traslado inmediato de los detenidos con Covid-19 de las comisarías porteñas “a la Unidad 21 o a los complejos del Servicio Penitenciario Federal que tengan plazas para realojarlos” previa realización del examen médico. Fue tras un habeas corpus interpuesta por la Procuración Penitenciaria de la Nación a la que adhirió la Defensoría Oficial n° 16.

A raíz de las medidas tomadas por el Servicio Penitenciario Federal para evitar el contagio masivo de Covid-19 en unidades penitenciarias federales se dispuso que las personas privadas de su libertad se alojen en alcaldías o comisarías porteñas. A raíz de esa restricción de ingresos al SPF y de los egresos producidos en el período, entre los meses de marzo a junio de 2020 la población detenida en cárceles federales pasó de 13.971 a 11.755, lo que implica una reducción de 2216 personas presas. De esta manera, se redujo la superpoblación del sistema penitenciario federal y hoy tiene la existencia de 443 vacantes disponibles para alojar detenidos de las comisarías colapsadas.

Al 30 de junio de este año, según datos de la PPN y de la Policía, había 184 personas alojadas en alcaidías de la C.A.B.A., cuando su capacidad máxima es de 130 plazas, las cuales están destinadas al “alojamiento transitorio de no más de 2-3 días”. Y la situación de colapso implicó que haya 147 personas alojadas en las comisarías vecinales porteñas.

Unidad 21 - Centro Penitenciario de Enfermedades Infecciosas en C.A.B.A.

Fallo en el marco de la emergencia sanitaria

Tras la negativa del juzgado criminal a la acción de hábeas corpus en el marco de la pandemia, este 21 de julio, los camaristas dieron el aval a la medida argumentando que “las alcaidías de la Capital Federal son un lugar de tránsito y no garantizan la salud de las 45 personas privadas de su libertad con diagnóstico positivo de Covid-19, en la medida que no son aptas para el tratamiento de patologías infectocontagiosas, no cuentan con infraestructura ni personal médico y de enfermería, sino tan sólo con un legista”.

Luego de la videoconferencia con las autoridades de la Unidad 21 del SPF, los camaristas dispusieron el traslado inmediato de los detenidos, previa realización de un examen médico a esta unidad o a los complejos federales que tengan plazas para realojarlos.

En tanto, en la resolución de Cámara a la que accedió Tiempo Judicial, los jueces entendieron que “las alcaldías de la Ciudad son un lugar de tránsito con esa estructura no es posible dispensarles atención, acorde a los protocolos de cuidados que requiere su afectación” y que “que ello no puede supeditarse a trámites administrativos que impiden dar una respuesta rápida y eficaz a los problemas que se plantean”.

Y  cerraron con una crítica al SPF, ahora intervenido por la ex jueza Laura Garrigós, ya que explicaron en el fallo que “no puede dejar de ponderarse una vez más que el colapso de las alcaldías de la ciudad tiene relación directa con la decisión del Servicio Penitenciario Federal de suspender las admisiones de nuevos internos y que pese a no contar con infraestructura adecuada aquéllas hicieron frente a la excepcional situación”.