El 8 de abril de 2008 en la Unidad n° 9 del SPF, ubicada en la ciudad de Neuquén, Argentino Pelozo Iturri fue golpeado y torturado en su traslado de Ezeiza a Neuquén lo que produjo su muerte. Los condenados encubrieron el hecho dado que según la autopsia murió de muerte súbita.
Ayer, los camaristas Eduardo Riggi, Liliana Catucci y Juan Carlos Gemignani en este fallo confirmaron la condena a 14 funcionarios del Servicio Penitenciario Federal (SPF) por los delitos de torturas, muerte y encubrimiento. La sentencia confirmada había sido dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén (TOF), en marzo de 2019. La Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) intervino como parte querellante hoy a 11 años del delito los condenados van presos.
La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) confirmó las condenas a prisión perpetua a los agentes Carlos Alberto Vergara, Orlando Horacio John, Pablo Ángel Muñiz, Javier Félix Pelliza, Pablo David Sepúlveda, Daniel Ulises Romero, José Lorenzo Retamal y José Walter Quintana por considerarlos coautores delito de “imposición de torturas seguido de muerte”. Y dispuso su inmediata detención tras la sentencia del TOF neuquino en marzo del año pasado.
En ese sentido, también fueron confirmadas las condenas de Héctor Oscar Ledesma, ex jefe de la U9, José Roberto Sosa, ex subjefe de la unidad y Daniel Ricardo Huenul, ex jefe de seguridad externa e interna, por los delitos de “omisión de evitar la comisión de aplicación de torturas y falsedad ideológica calificado por la calidad de ser funcionarios públicos”, y la del ex Jefe Regional Gabriel Eduardo Grobli, por los delitos de “encubrimiento doblemente agravado por la gravedad del ilícito y por la calidad de funcionario público, omisión de denunciar la comisión del delito de aplicación de torturas y omisión de un acto propio de su oficio.
Así como fue condenado el médico de la unidad, Juan Carlos Heredia y el enfermero Miguel Ángel Carrilao, por el delitos de omisión de denunciar doblemente calificado por la índole del delito ocultado y por tratarse de funcionarios públicos.
En el desarrollo del juicio se describieron los distintos métodos de tortura que los agentes penitenciarios utilizaban contra las personas detenidas, desde “la bienvenida” que consiste en distintas golpizas realizadas a quienes llegan a las unidades penitenciarias y “la bomba”, práctica característica de la ex U9 donde los detenidos eran mojados con chorros de agua helada proveniente de mangueras de incendio.
En una primera instancia, los miembros del Cuerpo Médico Forense de Neuquén habían concluido que Pelozo Iturri había fallecido por “muerte súbita”. Sin embargo, los peritos de la Corte Suprema de Justicia y los peritos designados por la PPN, determinaron que la víctima falleció como consecuencia de una hemorragia cerebral traumática y un cuadro de asfixia.
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