Actualmente en el fuero Contencioso Administrativo Federal actualmente hay casi 150 causas iniciadas por diferentes millonarios que no quieren pagar el Aporte Solidario y Extraordinario. Se trata de un aporte establecido por ley para quienes poseen patrimonios superiores a los 200 millones de pesos. En los últimos días se conoció la presentación del ex futbolista de la selección Argentina Gabriel Batistuta, que al igual que Carlos Tevez, se presentaron en la justicia para no pagar.
A estos se contraponen los más de 10 mil que cumplieron con la obligación que permite hacer frente a las urgencias sanitarias y económicas provocadas por la pandemia del Covid-19. El aporte fue sancionado por el Congreso de la Nación con carácter de emergencia y por única vez y argumentando equidad y solidaridad en este contexto.
Sólo por dar un dato, en el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal, el fuero donde se "litiga contra el Estado", al día de hoy hay 143 expedientes de distintos individuos con patrimonios alcanzados por el aporte y que consideran "inconstitucional" la ley. Día a día se suman nuevas demandas. A nivel nacional, se estima que los expedientes ascienden a más de 400.
El caso de Batistuta se conoció en las últimas horas. El ex jugador presentó la demanda en el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 2, a cargo del juez Esteban Furnari, quién ya cuenta con el rechazo de tres cautelares presentadas por otros contribuyentes, que al igual que el futbolista, no quieren pagar el impuesto.
El ex futbolista sostiene tendría que desprenderse de algunas de sus propiedades para tener los fondos para abonar el pago extraordinario. Lo que implicaría una descapitalización, según los argumentos presentados en la justicia por Batistuta.

Entre las causas presentadas en el fuero Contencioso se encuentra la de Rajesh Khushaldas Kanjani, quien este martes sufrió un revés por parte de la justicia que rechazó la medida cautelar que pidió para que la AFIP no pueda realizar el proceso que impone la Ley 27.605. "De acogerse favorablemente la medida solicitada, la parte actora obtendría anticipadamente la satisfacción que persigue con la acción de fondo intentada", dijo el juez Enrique Lavie Pico para rechazar la medida cautelar.
El demandante sostenía que "dada su naturaleza jurídica y en la forma en el mismo se plantea, se trata de un tributo, principalmente un impuesto" y, al igual que Batistuta, habla de "confiscatoriedad" para negarse a pagar.
Pero el juez no le dio vía a la medida cautelar entendiendo que "más allá de las argumentaciones de la accionante relativas a la arbitrariedad de las normas impugnadas, lo cierto es que la cuestión traída a conocimiento reviste una entidad de por sí compleja, sustentada en cuestiones de carácter fáctico-jurídico, sobre las que no cabe pronunciarse en el restringido marco de conocimiento propio de un proceso cautelar".
A ello sumó que no se acreditó que "el pago del aporte en cuestión pueda causar graves daños que luego no puedan repararse, pues la parte actora no ha probado que tal circunstancia afecte de manera significativa su patrimonio".
Comentarios recientes