Tras un fallo histórico, la justicia cordobesa dio luz verde el pasado mes al pedido de un hombre que solicitó la subrogación de un vientre. El caso tomó relevancia tras conocerse que se encontraba soltero, ya que había dado por terminada su relación luego del pedido inicial y decidió seguir con su derecho de formar una familia.
Casos de subrogación de vientre ya se habían autorizado en la provincia, pero este caso sin dudas marca un precedente al ser un pedido de monopaternidad el que se llevará a cabo. La persona, cuando comenzó el trámite estaba en pareja desde hacía varios años y habían solicitado a una amiga que sea quien tenga la gestación.
"Corresponde autorizar a un hombre a subrogar un vientre para convertirse en padre mediante la técnica médica de reproducción humana asistida de gestación por sustitución, declarar la inconstitucionalidad del artículo 562 del CCCN y disponer que toda la documentación vinculada a la identidad del/a/s niño/a/s, desde el mismo instante de su nacimiento, consigne como progenitor al solicitante, toda vez que en el recorrido de las personas que acuden a las Técnicas de Reproducción Humana Asistida para lograr su anhelo de paternar/maternar/ahijar convergen un sinnúmero de derechos merecedores de tutela judicial efectiva", expresó la jueza jueza de Familia de 5° Nominación, Mónica Parrello, quien tomó la decisión de permitir la subrogación en esta particular situación.
Y expresó los derechos del "futuro padre" "tal como el derecho a la libertad, igualdad, no discriminación, derecho a formar una familia, derecho a la libre determinación, a gozar de los adelantos científicos, entre otros derechos reconocidos convencional y constitucionalmente".
“Sería un acto hermoso el de ayudarlos a cumplir su tan ansiado sueño, por lo que les ofrezco mi pancita para ser la cunita de su hijo”, había manifestado su amiga. Cabe aclarar, que los óvulos iban a ser adquiridos de un banco y el esperma de uno de los integrantes de la pareja. Luego de la ruptura, uno de ellos tomó la decisión de seguir con el trámite legal y de forma coincidente, su amiga, también estuvo dispuesta a ayudarlo.
“Autorizo a realizar la técnica médica de reproducción humana asistida de gestación por sustitución, debiendo concurrir a prestar su consentimiento informado ante el Instituto médico que corresponda”, detalló el fallo.
La palabra de los especialistas
En este sentido, el abogado Juan Bautista Torres López, especialista en derecho civil e integrante del estudio Torres López Abogados, explicó a Tiempo Judicial que la inconstitucionalidad del artículo 562 del CCCN que decretó la justicia de Córdoba "se aplica para el caso concreto y se utilizará como precedente para personas en situaciones similares ya que la conversación orienta a una ley integral que se aggiorne a los tiempos y a las necesidades que corren como los nuevos modelos de familia, las nuevas concepciones de maternidad y paternidad que no parecen ir de la mano con el marco jurídico actual".
En este sentido, Torres López pidió una nueva normativa acorde a los nuevos modelos de familia: "Creo que hace falta una ley integral que contemple todos estos supuestos y además la creciente exposición de estas necesidades en la Justicia evidencia que hay un vacío en la ley. Si bien la Justicia no está para legislar, la Justicia es la que termina emparchando la necesidad concreta de una familia pensando que hay nuevas concepciones de familia y entra en crisis cuando no hay una normativa en concreto de una situación no regulada que presta a confusiones o incluso hasta ilícitos".
“Este es un fallo revolucionario”, remarcó el abogado del médico, Fernando Cesaretti al diario La Voz y agregó que “en noviembre del 2018 con mi ex pareja teníamos la inquietud de hacer una subrogación de vientre con una amiga nuestra, iniciamos el pedido de autorización a la jueza, pero vino la pandemia con toda la demora que eso supone y luego nos separamos. Mi ex renunció a su intención de paternidad pero junto a mi abogado, Fernando Cesaretti pedí a la justicia continuar yo sólo con el trámite”, detalló el médico cordobés.
Además, la jueza pidió que se otorgue una licencia laboral por tres meses, como en los casos de mujeres que dan a luz. Al respecto, explicó que “está decisión ya se ha tomado en casos que han sido mamás, porque el bebe tiene derecho a crear un lazo con el recién nacido y no se puede distinguir el sexo. El bebe necesita la presencia y la licencia es igual”.
Al respecto, el fallo aclaró: “Con relación a la licencia laboral (en función del nacimiento), que R. P. B. habrá de gozarlas conforme la establecida por la LCT y/o Convenios Colectivos de Trabajo para la mujer que da a luz, en este caso, desde el mismo día del nacimiento del/a/s niño/a/s. Todo de conformidad a lo considerando XIII) de la presente resolución”.
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