De acuerdo con la Ley 24.937, que regula el funcionamiento de esta institución, encargada, entre otras cosas, de designar y remover a los jueces, sus integrantes tienen que estar en funciones durante cuatro años, pudiendo ser reelegidos únicamente con un período de intervalo entre cada gestión.

Según el candidato de la lista Compromiso Judicial, Eduardo Machín, quien presentó la impugnación el artículo 3 dispone que “los miembros del Consejo de la Magistratura durarán 4 años en sus cargos, pudiendo ser reelectos con intervalo de un período”.

“La redacción de dicha norma no deja lugar a dudas que, para poder ser nuevamente electo una vez completado de manera total un mandato, debe existir un intervalo de un período lo que no estaría sucediendo en la especie”, explicó Machín sobre la postulación de su par Lugones.

En este sentido, el camarista comercial quien es candidato por la tercera lista en cuestión en las elecciones para elegir a los tres jueces o juezas que ingresan por su estamento al Consejo desde noviembre, cuestionó la reelección de Lugones, pero no se quedó callado.

Machín le endilga a Lugones que “un consejero con mandato completo no puede ser reelecto porque la CSJN sólo habilitó excepcionalmente la reelección para los que asumieron en abril del 2022 en la causa “Colegio de Abogados” del 16 de diciembre de 2021 punto 2”.

¿Qué dijo la lista impugnada y los pasos a seguir?

Tras la impugnación, la Lista Celeste cuestionó a la Junta Electoral denunciando la “proscripción en el Poder Judicial” del candidato a consejero por su reelección, el camarista de San Martín, Alberto Lugones.

“Como era de prever, los integrantes de la Junta Electoral por las listas 1 Bordó y 2 Compromiso Judicial hicieron causa común para apartar al candidato que más y mejor representó y representa los intereses de los magistrados y magistradas, Alberto Lugones, no permitiéndole competir”, explicó la lista en un comunicado.

La lista denunció que son “interpretaciones amañadas de la ley provocando la alteración del cronograma electoral y sus plazos legales y apartando ilegítimamente a un candidato en base a interpretaciones restrictivas y tendenciosas de los derechos electorales”. 

La Junta Electoral de la AMFJN está integrada por José Alejandro Sudera, Eduardo Gottardi, Rafael Barreiro, Ana Barilaro y Gabriela Iturbide. En una votación que salió 3 a 2 en contra de la candidatura de Lugones, ahora el magistrado acudió a la justicia electoral para que decida la impugnación, y el caso podría escalar a la Cámara Nacional Electoral lo que modificaría los plazos electorales.