La autora:
Alfonsina Dumon es integrante del Foro Argentino de Género, Derecho y Justicia. Prosecretaria Letrada de la Asesoría Tutelar N°1 ante la Cámara, Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de C.A.B.A. Abogada (UBA). Especialista en Problemáticas Infanto Juvenil (UBA). Posgrado en Derecho Penal (UP).
La elaboración de este texto parte de la idea de reconocer la incidencia y complejidad que brindan los saberes interdisciplinarios a la respuesta judicial.
El hacer jurídico impone a los operadores judiciales una interpretación de la realidad reducida y lineal. Se realiza un recorte de la problemática que llega en el marco del “expediente”, para que pueda caber en el concepto jurídico sobre el que se va a montar el proceso judicial. Sin embargo, la realidad es más vasta, y desborda el encasillamiento judicial. No es algo que pueda evitarse mediante una conversión de los conflictos a conceptos jurídicos. Hay que reconocer la dimensión de lo real y trabajar con ello, para lo cual resulta necesario el auxilio de otras disciplinas que permitan elaborar otras respuestas posibles, otras intervenciones desde el trabajo judicial que alojen una perspectiva abarcadora de la realidad.
Es importante señalar que las decisiones judiciales en múltiples materias de intervención contienen un gran componente de desarrollos teóricos de otras disciplinas, que no solo han nutrido las interpretaciones y conceptos jurídicos, sino que además resultan fusionadas de manera indisoluble en la argumentación judicial. Se puede mencionar como ejemplo, todo lo relacionado con la perspectiva de género y su introducción en el ámbito del derecho, que se fue abriendo paso a través de los movimientos feministas, filosóficos, sociológicos, entre otros. También corresponde destacar las perspectivas de infancia y adolescencia, como la de salud mental: la construcción teórica de estas áreas del derecho no resultarían posibles sin el enorme aporte de la criminología, la psicología, el trabajo social, las ciencias de la educación.
La integración de otros saberes brinda a la decisión judicial y al proceso a través de la cual se llega a ésta, un contenido diferenciado y cercano a la problemática que se encuentra sometida al sistema judicial, y permite ampliar la capacidad de respuestas jurídicas. Corresponde destacar por otro lado, que los profesionales de otras disciplinas han incorporado la necesidad de acercarse a los conflictos a través de la escucha directa y el trabajo en territorio. Aunque estas actividades aún se encuentran escindidas de la praxis judicial -ya que solamente son realizadas por una profesional trabajadora social o psicóloga, e incorporadas al proceso mediante un informe externo-, introducen en el “expediente” una perspectiva actual y real de las problemáticas abordadas.
La decisión jurídica, sin consideración de otras perspectivas que expongan diferentes facetas de un problemática y las posibilidades amplias de resolución, resulta pobre en su sustancia e inadecuada en su capacidad de respuesta: “… si los modos simplificadores del conocimiento mutilan, más de lo que expresan, aquellas realidades o fenómenos de los que intentan dar cuenta, si se hace evidente que producen más ceguera que elucidación, surge entonces un problema: ¿cómo encarar a la complejidad de un modo no- simplificador?” (Edgar Morin; 1994).
Los equipos interdisciplinarios que se han incorporado como parte de las estructuras de los organismos judiciales profundizan la mirada al momento de acercarse a los conflictos y habilitan la comprensión de otras perspectivas de las problemáticas abordadas. También interpelan desde otras disciplinas los saberes instituidos desde los ámbitos judiciales.
Por otro lado, es importante resaltar que la conformación misma de “equipo” aporta una noción de dinámica de trabajo horizontal, con posibilidades de socialización y de transmisión de saberes entre pares. Asimismo, la incorporación al poder judicial de profesionales de otras áreas trae consigo la integración de prácticas propias e institucionalizadas en otros ámbitos de trabajo, como son la supervisión, los ateneos, las discusiones de las situaciones problemáticas entre pares, entre otras actividades que enriquece el abordaje de los casos y habilita la formación continua de quienes los llevan adelante.
Sin embargo, estos equipos o profesionales son considerados en los organismos judiciales como auxiliares, accesorios. No sólo son ubicados discursivamente en un lugar secundario en cuanto a su incidencia en la respuesta judicial, sino que además los profesionales no abogados son designados en cargos inferiores de la estructura judicial, y por lo tanto acceden a salarios más bajos y a lugares menos preponderantes en términos de responsabilidad y poder dentro de los ámbitos de trabajo.
En consecuencia, resulta importante preguntarse sobre la necesidad de jerarquizar los equipos interdisciplinarios y los profesionales no jurídicos en los organismos judiciales; como así también, reconocer la importancia e incidencia que tienen los saberes de otras disciplinas en la respuesta jurídica, desde la aproximación de los conflictos a resolver mediante intervenciones más cercanas y con perspectivas mas amplias.





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