El Juzgado Federal N° 2 de Mar del Plata ratificó hace un par de días la medida cautelar que detiene la explotación petrolera offshore en esa ciudad por no haberse acreditado un debido estudio de impacto ambiental. Este miércoles los representantes de las petroleras y el Estado presentaron las apelaciones y ahora la causa pasó a la Cámara Federal de Mar del Plata.

El 18 de octubre pasado el juez federal Santiago Martín explicó que las autoridades del Ministerio de Ambiente "han tomado medidas que, si bien aparecen en principio como positivas y destinadas a evitar la generación de daños ambientales, no están acompañadas de un análisis científico riguroso que indique la razón de su eficacia".

También, señaló que el hecho de que la empresa Equinor no tenga posibilidades de acceder en el corto plazo a la información necesaria para evaluar los impactos que la Cámara Federal requiere, no puede ser un justificativo para no cumplir con este recaudo, que en todo caso habrá de cumplirse cuando los demás proyectos cuenten con un avance suficiente para aportar los datos que a tal fin resulten necesarios.

En los últimos días tanto el Estado como las empresas petroleras presentaron las apelaciones correspondientes contra la decisión de ratificar la medida cautelar que suspendió la exploración petrolera en las costas de Mar del Plata. Las presentaciones fueron realizadas por Juan Martín Colombo y Javier Guiridlian en representación de Equinor Argentina y EQUINOR ARGENTINA B.V. SUCURSAL ARGENTINA y Mariano Romero de Haz , como apoderado de YPF. También presentó su apelación el Estado a través de la abogada Mariana Muriel Brun, delegada del Cuerpo de Abogados del Estado.

Las empresas petroleras sostienen que la sentencia del juez “afecta irreparablemente el interés público y los derechos de Equinor e YPF” y “viola el principio constitucional de división de poderes”. Es que el juez federal entendió que no estaban cumplidos los recaudos pedidos por la Cámara. “La APN tuvo la debida intervención en dicho procedimiento”, dicen desde las empresas para pedir la revocatoria de la medida cautelar.

Uno de ellos es la participación de la Administración de Parques Nacionales para que cumpla el rol encomendado por las leyes 22.351 y 23.094. “Lo que corresponde al proceso de evaluación ambiental (…) es administrar la incertidumbre en materia de datos e información, y requerir y adaptar las medidas de mitigación y los programas del Plan de Gestión Ambiental de forma tal de incluir ese estado de incertidumbre”, dice la apelación.

También aclararon que “según informó oportunamente la Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, se desarrollará un Programa Nacional para efectuar las tareas de monitoreo y fiscalización que demandarán las tareas de prospección de nuevos yacimientos de hidrocarburos que se llevarán a cabo en el Mar Argentino”.

Las apelaciones fueron concedidas y ahora la causa pasó, otra vez, a manos de la Cámara Federal de Mar del Plata quien deberá aceptar o no estas apelaciones y decidir si revoca la medida cautelar que el juez dictó y que suspendió la exploración petrolera offshore en esa ciudad.