Este domingo 26 de febrero de 2023, la Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Publico Fiscal de la Nación presidida por el salteño, Ricardo Toranzos, expresó su "profunda preocupación por la citación a la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados de la Nación de jueces y fiscales para ser interpelados por la procedencia o pertinencia de resoluciones o dictámenes que oportunamente ellos emitieran en causas judiciales que se encuentran en trámite, máxime que se hace en el marco de un proceso ajeno a sus personas, en donde se analiza el enjuiciamiento de los ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion".

Es decir, sobre la citación del fiscal federal Carlos Stornelli para el próximo 13 de marzo según se definió el pasado jueves en la cámara de Diputados.

La misiva a la que accedió Tiempo Judicial, está firmada por toda la comisión directiva de la entidad que tiene como reemplante de Carlos Rívolo, colega y par de Stornelli en Comodoro Py, al fiscal salteño Ricardo Rafael Toranzos como nuevo Presidente en ejercicio, seguido Susana Marta Pernas como Vicepresidente 1°; Virginia Carmona Vicepresidente 2°, Diego Hernán Flores Vicepresidente de Funcionarios, Alberto Adrián María Gentili Secretario General y Alejandro Marti Garro como tesorero.

También la misiva la firmaron los siguientes fiscales: Diego Sebastián Luciani, Carlos Alberto Rívolo, María Fernanda Poggi, Mariana Judith Grinberg, Paula Asaro, Silvia Carina Jaime, Mauricio Agustín Viera (Zona Capital); Jorge Sica (Zona Buenos Aires); María Gloria André, Alejandra Obregón (Zona Cuyo), Flavio Adrián Ferrini, Tamara Ahimara Pourcel (Zona Noreste); Marcos César Romero, María del Carmen Nuñez (Zona Noroeste), Marcelo Rapoport, Federico Baquioni Zingaretti (Zona Patagonia), Oscar Fernando Arrigo y Javier Matías Arzubi Calvo (Zona Centro) Vocales.

En este sentido, los firmantes entienden que hay otros procedimientos que cuestionan el desempeño de los fiscales y no el Congreso ni la cámara de Diputados.

En sí, es el Consejo de la Magistratura quien cuestiona y puede remover por juicio político a jueces y juezas y dentro del Ministerio Público Fiscal de la Nación también existe un Jurado de Enjuiciamiento, el más conocido y último fue el que sometió al fiscal José María Campagnoli en la gestión de la ex procuradora Alejandra Gils Carbó, y salió ileso. 

La AFFUN replicó con la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal (ley 27.148) en su artículo 63, inciso b) que establece que los/las fiscales están exentos del deber de comparecer a prestar declaración como testigos ante los tribunales, en cuyo caso deberán responder por escrito, bajo juramento y con las especificaciones pertinentes.

En efecto, desde la AFFUN entienden que "la citación en carácter de testigos, exigiendo que las/los fiscales declaren bajo juramento sobre su propio proceder o sobre cuestiones inherentes a las partes de una causa, no solo pueden traer aparejadas violaciones de garantías constitucionales básicas, sino que también pueden interpretarse como perturbaciones al ejercicio de sus funciones, afectando la seguridad jurídica de un Estado Democrático".

Y citaron antecedentes de doctrina del propio Sistema Interamericano de Derechos Humanos que ya reconoció a la independencia judicial y al debido acceso a la justicia como un derecho humano (arts. 24 y 26 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; y art. 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos). Así como el Sistema Universal de protección de derechos humanos en el art.14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; en el art.10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Así las cosas, la AFFUN "exhortó a las autoridades parlamentarias en cuestión, a extremar la mayor prudencia posible en su obrar, atento la gravedad institucional de los temas que deben tratar, para evitar cualquier interpretación de injerencia indebida en perjuicio del principio de separación de poderes, que prohíbe asumir a los otros poderes del Estado, de manera indirecta, funciones jurisdiccionales".

Pero se atajaron: "Este llamado de atención, en modo alguno pretende establecer una defensa corporativa de ningún fiscal o magistrado judicial, por el contrario tiene el objetivo de poner de manifiesto la defensa de la institucionalidad y legalidad que les corresponde a los fiscales en el legítimo ejercicio funcional, en defensa de lo establecido en el artículo 120 de la CN y las leyes reglamentarias que rigen su ejercicio".