La Suprema Corte de Justicia, en la causa 'Asociación Bancaria c/ Provincia de Buenos Aires s/ Inconstitucionalidad ley 15.008', resolvió hacer lugar a la medida cautelar y suspender desde el 1 de junio su aplicación que afectaba a 15 mil jubilados del banco provincial.
En la resolución, se dispuso que “a partir del 1 de junio de 2023 y hasta la fecha que se determine en la sentencia definitiva, la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires suspenda la aplicación de los arts. 39, 41 y 42 de la ley 15.008 en relación a sus afiliados pasivos que no hubiesen sido beneficiados por una medida precautoria previa al dictado de la presente resolución”.
La resolución lleva la firma de los cuatros jueces, Sergio Torres, Hilda Kogan, Daniel Soria y Luis Genoud en la cual determinó cómo la Caja Previsional debe realizar el cálculo de los haberes hasta que se resuelva el fondo de la causa. Fue adoptada por unanimidad y se encuadra en la causa colectiva conformada a partir de acciones declarativas de inconstitucionalidad contra la ley 15.008 promovidas por la Asociación Bancaria, la Asamblea Permanente de Jubilados del Banco Provincia y la Unión de Jubilados del Banco Provincia.
“Tomando como base de cálculo de los haberes con movilidad el cien por ciento (100%) de la cuantía de la prestación previsional por todo concepto que hubiera correspondido por aplicación de la ley 13.364 de no haberse dictado la ley 15.008, la Caja deberá liquidar provisionalmente, a los jubilados y pensionados referidos en el punto anterior, los porcentajes incrementales en función de la edad con la progresión y según los períodos”, expresaron en la resolución citando este cálculo que mostramos a continuación.
Y según expresaron fuentes de la SCBA, la decisión "importa recuperar –de modo secuencial y progresivo- hasta un 86% de la cuantía de los haberes que hubieran percibido los beneficiarios con el sistema que rigiera con anterioridad a la reforma cuestionada".
En este sentido, y más allá que el fondo de la causa es para definir si es o no inconstitucional la ley aprobada en 2017, los jueces entendieron que debe haber una solución política en lo sucesivo porque “como telón de fondo refulge la gravedad de un menoscabo prima facie configurado a los derechos de un considerable grupo de personas a quienes el tiempo apremia con perturbadora densidad”.
En tal sentido, detalló que en los cuatro años posteriores a la entrada en vigor de la ley 15.008 se produjo una merma en los haberes jubilatorios, que, en la liquidación del mes de diciembre de 2022, es del orden del 30% y acumulativamente supera el 40%.
En noviembre, Tiempo Judicial contó que la reforma previsional de los empleados del Banco Provincia, impulsada y aprobada durante el Gobierno de María Eugenia Vidal, generó que la Suprema Corte bonaerense sea determinante e impulse a los oficialistas y opositores a tomar una determinación sobre la modificación de la ley atento a los más de 5 mil amparos que habían sido presentados en la Justicia bonaerense.
La Asociación Bancaria, quien inició esta demanda reclamando la inconstitucionalidad de la Ley 15.008 celebró el fallo de la SCBA en la medida cautelar. Señalaron que “esta medida favorece a más de 15.000 jubilados y 10.000 activos del Banco Provincia”.
El proyecto de reforma del Bapro fue girado por el gobierno de Kicillof a la Legislatura bonaerense con el objeto de modificar la Ley 15.008 que fue sancionada en 2017 durante la administración de María Eugenia Vidal y, dentro de otros ítems, les quitó el 82% móvil a los jubilados del Banco Provincia.
La Asociación logró que la justicia dictaminara a nuestro favor e hiciera lugar a la medida cautelar sobre la Ley 15008 presentada oportunamente en la provincia de Buenos Aires.
Esta medida favorece a más de 15000 jubilados y 10000 activos del Banco Provincia. pic.twitter.com/YiVysCwWbM
— Asociación Bancaria (@La_Bancaria) March 14, 2023
"Hemos presentado un proyecto de reforma de la ley de jubilaciones que no surge ni de un capricho ni de una decisión intempestiva del gobernador Axel Kicillof, sino de un trabajo que se realizó en una comisión generada por la Suprema Corte de Justicia de la provincia, porque hay más de 5000 medidas cautelares en contra de la Ley vigente", sostuvo Juan Cuattromo, titular del BAPRO.
“La Ley 15.008 fue un acto irresponsable e intempestivo del gobierno anterior para avanzar con un ajuste contra los trabajadores del Banco Provincia, en el marco de un plan de reforma previsional, fiscal y laboral que se impulsaba a nivel nacional”, había sostenido el gobernador Kicillof y agregó: “No es solamente una pieza de ajuste clásico, sino que tiene una dificultad adicional: las y los trabajadores presentaron medidas cautelares y la Justicia les ha dado la razón”.
Pasaron 3 meses y sin negociaciones a la vista en una Legislatura dividida con poco margen para ambos bandos, hoy la Suprema Corte decidió que desde mitad de año se deje de aplicar la ley hasta que haya una sentencia definitiva. Los supremos dejaron a entender que "entre los fundamentos para adoptar la decisión, la Corte ponderó el tiempo trascurrido desde el inicio de los litigios, el resultado negativo de las gestiones de diálogo promovidas por el propio Tribunal y la reciente pérdida de estado parlamentario del proyecto de ley en la materia".
Y dejaron un mensaje a la política para que este año en curso haya una nueva ley que sea "una solución sustentable y compatible con el ordenamiento constitucional, conforme a los principios de la decisión adoptada". “Exhortar a la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires a comprometer sus esfuerzos a fin de alcanzar los acuerdos necesarios para arribar en el año parlamentario en curso a una solución legislativa sustentable y compatible con el ordenamiento constitucional, conforme a los principios de la presente”.
El máximo tribunal de la provincia, según fuentes consultadas por Tiempo Judicial en noviembre del año pasado, realizó la audiencia con todas las partes y trascendió que de no modificar la ley se declarará inconstitucional. Por ahora, sólo resolvió la cautelar.
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