Otro caso de trata de personas señaló a un funcionario como cómplice de alto rango necesario del delito. En esta oportunidad, Daniel Bravo, actual concejal y ex intendente de Colonia 25 de Mayo, provincia de La Pampa, fue condenado por el delito a cinco años de prisión, pena dada por el Tribunal Oral de Santa Rosa.

Bravo, según la justicia, actuó en complicidad de la dueña de un prostíbulo, Nurys Caraballo Castillo, que fue acusada del delito de trata de personas con fines de explotación sexual. La mujer manejaba un establecimiento llamado "Venus" y "Karibian". Por su parte, el ex comisario de la zona fue absuelto del delito de encubrimiento agravado.

A cargo del caso estuvo la fiscal federal Iara Silvestre, y los jueces del tribunal fueron Pablo Díaz Lacava, José Tripputi y Marcos Aguerrido. Los mismos encontrados culpables a los acusados por el perjuicio de más de tres víctimas en la modalidad de acogimiento de mujeres mayores de 18 años.

Según la investigación, los culpables se valieron de la situación de vulnerabilidad de las las jóvenes y se las explotó con fines sexuales para la obtención de provecho económico de su comercio sexual. Asimismo, se señaló que esto ocurrió entre el 16 de diciembre de 2011 y el 6 de octubre de 2012, en la localidad pampeana de Colonia de 25 de Mayo.

 

 

El caso

La investigación se originó a raíz de una denuncia realizada en la Delegación La Pampa de la Dirección Nacional de Migraciones, por una mujer dominicana que afirmaba haberse escapado de un prostíbulo de la ciudad mencionada, el 13 de diciembre de 2011.

En su denuncia la joven dijo que fue maltrata y amenazada por los administradores. Además, brindó datos importantes, como que había otras mujeres en la misma situación, además del dato crítico de una de las mujeres cautivas estaba embarazada. Asimismo, indicó que la policía sabía todo y que el jefe de la municipalidad al cabaret, “le daban mil pesos y él firmaba”.

Tras el allanamiento, el 16 de diciembre de 2011, se pudo dar cuenta de las diez mujeres cautivas. Al menos nueve de nacionalidad dominicana y una argentina, y se corroboró dentro de la edificación había habitaciones y varias camas, donde vivían las mujeres y se realizaban los “pases”.

Hecha la ley, hecha la trampa. Una ordenanza municipal del 3 de septiembre de 2010, prohibía "la habilitación de cabarets, whisquerías, clubes nocturnos y night clubs" en Colonia 25 de Mayo debido a que "han encubierto el delito de trata de personas, violando la Ley de Profilaxis, que prohíbe los prostíbulos en todo el país". Lo paradójico es que quien firmó al pie de esta ordenanza fue el propio Bravo.

Aunque el 2 de febrero de 2012, Bravo y Caraballo Castillo fueron llamados a indagatoria, el conflicto de competencia demoró el avance de la causa y el 4 de junio del mismo año la Fiscalía Federal de Santa Rosa dio intervención a la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX). Donde los sospechados fueron convocados a declaración indagatoria el 11 de octubre de 2013.

En agosto de 2014, Bravo fue imputado por haber permitido el funcionamiento del prostíbulo investigado a pesar de existir una ordenanza -que lleva su propia firma- que prohíbe y en noviembre de 2020, la Fiscalía Federal de Primera Instancia de Santa Rosa requirió la elevación a juicio de la causa y posteriormente condenado.