La plataforma CUID.AR fue muy utilizada por millones de ciudadanos argentinos durante la pandemia por COVID-19 y la normativa permitía que la información acumulada se compartiera entre todas las jurisdicciones del país.
Ahora, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal le ordenó al Ministerio de Salud que borre las bases de datos de la aplicación.
El Observatorio de Derecho Informático Argentino (O.D.I.A) había presentado un amparo contra el Estado nacional en el que señalaba que se vulneraba el derecho a la intimidad y la privacidad que protege la Constitución ya que se compartían sin el consentimientos de los ciudadanos.
En el escrito presentando ante la Justicia también sostenían que la base de datos con fines sanitarios no debería seguir vigente ya que la emergencia de salud ya terminó.
En un primer momento, la jueza contencioso administrativo federal Cecila Madariaga de Negre había rechazado el amparo ya que consideró que al existir "términos y condiciones para su uso", conllevaba "la conformidad del titular de los datos para que pudieran ser intercambiados entre las distintas autoridades argentinas, a los efectos de limitar y erradicar la pandemia".
El Observatorio apeló el falló y finalmente los jueces Guillermo Treacy, Jorge Federico Alemany y Pablo Gallegos Fedriani anularon el rechazo.
En ese sentido, señalaron que los datos recabados por el Ministerio de Salud, "deben ser destruidos cuando hayan dejado de ser necesarios o pertinentes a los fines para los cuales hubiesen sido recolectados. Que, en este sentido, habiendo finalizado las razones que fundaron inicialmente la implementación inmediata de la aplicación “Cuid.AR”, indudablemente necesaria en el contexto de pandemia, es menester suprimir la aplicación de los sistemas".
Y agregaron: "Cabe poner de relieve, entonces, que la propia demandada –que en su momento consideró necesario el acopio de ciertos datos de salud de las personas- ha valorado que en la actualidad tales datos no cumplen una función necesaria".
Respecto del borrado, los jueces indicaron que tiene que hacerse de manera tal de no poder ser reutilizados. "La parte demandada debe especificar el método concretamente adoptado para asegurar que sean eliminadas en los términos expuestos, lo que se verificará en la etapa de ejecución de la sentencia", ordenaron.
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