Desde el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal advirtieron sobre la reglamentación del Decreto 809/24 que implementó el DNU 70/23 firmado por el presidente Javier Milei.

En él se establece que para los procesos de conciliación vinculados al transporte aéreo no es obligatoria la intervención de abogados, medida que desde la entidad indicaron que "vulnera principios fundamentales".

En su artículo 4, el Gobierno indicó que el objetivo es establecer “procedimiento ágil” para tramitar “los reclamos iniciados por los Pasajeros de Transporte Aéreo, con los alcances, las modalidades, la metodología y las formas que determine y reglamente la referida Secretaría de Transporte”.

Ricardo Gil Lavedra asumió su segundo mandato como presidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal

Y agrega: "No se requerirá patrocinio letrado a las partes intervinientes, sin perjuicio de que tendrán el derecho de concurrir con este".

Desde la entidad encabezada por Ricardo Gil Lavedra, indicaron: "El Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal expresa su preocupación por la reglamentación del Decreto 809/24, que implementa el DNU 70/23 y excluye la intervención obligatoria de abogados en la conciliación del transporte aéreo. Esta medida vulnera principios fundamentales”.

Según el Colegio, estas son las razones por las que preocupa la decisión oficial:

  • Derecho de Defensa: Los usuarios quedan sin una adecuada representación frente a empresas con recursos legales especializados.
  • Desbalance de Fuerzas: Sin abogados, los pasajeros se encuentran en clara desventaja en los procesos de conciliación.3. Eficacia del Proceso: La falta de asesoramiento técnico compromete la calidad de los acuerdos.
  • Desvalorización Profesional: Se desmerece el rol esencial de los abogados en la resolución de conflictos.
  • Posible Inconstitucionalidad: Limitar el derecho a representación legal afecta garantías constitucionales y tratados internacionales”.