El Ministerio de Capital Humano a cargo de Sandra Pettovello volvió a sufrir un revés judicial luego de que el juez federal Walter Lara ordenara que "garantice alimentos a grupos vulnerables".

El juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 7 indicó este viernes a la cartera que debe ocuparse del "abastecimiento adecuado de alimentos".

El falle remarca "la importancia de mantener las políticas públicas alimentarias vigentes para garantizar este derecho fundamental", tras el amparo iniciado por la Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (UTEP) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).

El Gobierno ratificó la denuncia de Pettovello sobre un intento de ingreso a su casa y la Fiscalía emitió un comunicado

Según indicó Lara que continúe esta política "no representa un privilegio para sus destinatarios/as" sino que es "una herramienta para el cumplimiento del principio de igualdad y de no discriminación, a fin de que la Administración Pública Nación no incurra en responsabilidad internacional".

Además, se ordenó que debe mantener actualizado el Registro Nacional de Comedores Comunitarios (Renacom) y un rápido accionar en el caso de las organizaciones que tienen convenios en trámite para acceder a las prestaciones alimentarias.

En ese sentido también se le dio la razón a la ministra sobre comedores que recibían alimentos pero que "no existían", por lo que se pidió depurar la lista.

Si bien Lara sostuvo que el Poder Judicial no debe intervenir en la decisiones "técnicas y operativas" del Ejecutivo, remarcó que "el carácter de los proyectos sociales no deben ser discriminatorios y, por consiguiente, tienen que incluir todas las iniciativas posibles para apoyar los subsidios sociales encaminados a mitigar el posible aumento de las desigualdades e impedir que se vean afectados los derechos de las personas y los grupos desfavorecidos y marginados".

"Las autoridades encargadas de garantizar el derecho a la alimentación que deben mantener y asegurar las políticas públicas existentes a fin de que sea efectivamente resguardado el principio de no regresividad en materia de derechos humanos", añadió el fallo.