Liliana Carmen Pascua, la intendenta del municipio Enrique Urien en la provincia de Chaco, fue procesada sin prisión preventiva luego de una investigación por haber percibido durante varios meses una pensión no contributiva por invalidez cuando ya había asumido en 2013.
La medida fue solicitada por la jueza federal subrogante de Sáenz Peña, Belén María López Macé, quien tras un proceso que comenzó en 2020 la consideró prima facie autora penalmente responsable del delito de fraude en perjuicio de la Administración Pública; un delito tipificado en el artículo 174, inciso 5, del Código Penal Argentino.
Durante los meses de julio a diciembre de 2013, Pascua percibió fondos correspondientes a una pensión no contributiva por invalidez y, según indicaron, habría solicitado su baja de manera tardía.
Luego de cobrar un salario en julio de 2013 de $7097,80 y su sueldo ascendió a $9258 entre agosto y noviembre mientras cobraba el beneficio.
"Se comprobó que, a partir de su designación como funcionaria pública, los emolumentos recibidos por su cargo político se volvieron incompatibles con la percepción de una pensión social. Esta conclusión se basa en el decreto 432/97 sobre pensiones por vejez e invalidez, que establece que no se debe poseer bienes, ingresos ni recursos que permitan la subsistencia“, indicó el fallo.
Si bien la pensión por incapacidad laboral del 80 por ciento sí fue acreditaba, la Justicia indicó: "Se evidenció que hasta diciembre de 2013 Pascua continuó realizando extracciones de su pensión a través de cajeros automáticos, según lo indicado en el Oficio 715/2013 del Nuevo Banco del Chaco".
En 2021, Pascua también fue señalada en la Justicia por una presunta participación en el uso indebido de fondos destinados a viviendas sociales que fueron adjudicadas a parte de su familia.
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