La Cámara Federal de Casación Penal emitió una sentencia plenaria para unificar criterios sobre el cálculo de las multas en casos de narcotráfico. De este modo el fallo fija que el valor del formulario de inscripción de operadores en el Registro Nacional de Precursores Químicos, debe ser actualizado al momento en que se intima su pago.

Así se expresó el pleno del Tribunal, durante una sesión en la Sala de Acuerdos del edificio ubicado en Comodoro Py 2002, en donde se calificó una controversia vinculada a la interpretación del artículo 45 de la ley 23.737, que regula los delitos relacionados con los estupefacientes.

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El fallo fue firmado por los jueces Daniel Antonio Petrone (presidente de la Cámara); Diego G. Barroetaveña (vicepresidente primero); Guillermo J. Yacobucci (vicepresidente segundo); Ángela E. Ledesma; Carlos A. Mahiques; Mariano H. Borinsky; Alejandro W. Slokar; Juan Carlos Gemignani; Javier Carbajo y Gustavo M. Hornos; se establece que las penas de multa se calculan en unidades fijas, cuyo valor nominal depende del costo del formulario de inscripción mencionado.

En tanto, la determinación del tribunal penal federal de mayor jerarquía en la Argentina, hace hincapié en la importancia de “mantener actualizados” los valores de las sanciones económicas hasta el momento en que se exige su cumplimiento.

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De hecho, los jueces que componen la Casación Penal destacaron en el fallo que esta competencia está prevista dentro de las leyes de organización judicial 24.050 y 27.146, modificadas por la normativa 27.482. Por lo que, la sentencia se enmarca en la función de la Cámara de resolver cuestiones de interpretación legal que generan discrepancias en los tribunales inferiores.

La actualización del valor de las multas busca no solo garantizar la proporcionalidad de las sanciones, sino también evitar que las fluctuaciones económicas afecten la finalidad de las penas impuestas, según indicaron desde el Tribunal.