Finalmente, este martes pasado el mediodía la Justicia le otorgó la prisión domiciliaria a Cristina Kirchner.

La decisión a cargo del Tribunal Oral Federal N°2 fue notificada vía Zoom e incluye la orden de la colocación de tobillera electrónica.

La expresidenta, de esta manera, no deberá presentarse en Comodoro Py, aunque versiones indican que de todas maneras mañana se realizará la marcha prevista para el miércoles a las 10 horas en apoyo a la líder política.

El gobierno de la Ciudad de Buenos Aires pidió a la Justicia que Cristina Kirchner no cumpla la prisión domiciliaria en su departamento porteño

Según indicó el tribunal presidido por el juez Jorge Gorini, la exmandataria podrá cumplir la condena en su departamento de la calle San José 1111, en el barrio porteño de Constitución.

A su vez, se indicó que tendrá las visitas limitadas. Tendrá que entregar un listado de sus familiares, custodios y profesionales, como médicos y abogados que tengan que ir a su domicilio.

QUÉ DICE EL DOCUMENTO DEL TOC 2

IMPONER a la nombrada las siguientes reglas de conducta, las cuales tendrá que observar y cumplir mientras se mantenga la modalidad domiciliaria del cumplimiento de la pena de prisión:

a) Deberá permanecer en el domicilio fijado, obligación que no podrá quebrantar salvo en situaciones excepcionales de fuerza mayor que deberá justificar debidamente. Por fuera de estos supuestos, deberá requerir y obtener la autorización previa del tribunal, sin excepción.

b) Deberá abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes.

c) En el plazo de 48 horas hábiles deberá presentar una nómina de las personas que integran su grupo familiar, custodia policial, profesionales médicos que la tratan asiduamente y abogados que la representan, quienes podrán acceder al domicilio donde cumplirá la pena de prisión sin necesidad de autorización judicial, debiendo requerirse y motivarse el eventual acceso de toda otra persona no incluida en ese listado.

IV. ENCOMENDAR a la Dirección de Control y Asistencia de

Ejecución Penal que lleve adelante la supervisión de la ejecución de la prisión domiciliaria de Cristina Elisabet Fernández de Kirchner y eleve a esta sede los resultados de la supervisión cada tres (3) meses, período de tiempo al cabo del cual se evaluará el grado de acatamiento de las reglas impuestas, con los alcances establecidos en la ley (art. 34, ley 24.660). Al efecto, líbrese correo electrónico.

V. ORDENAR a la Dirección de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónica dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios del Ministerio de Seguridad Nacional, la colocación de un dispositivo de vigilancia electrónico respecto de Cristina Elisabet Fernández de Kirchner en el domicilio indicado en el punto dispositivo I, en los términos establecidos en el último párrafo del considerando IV.

VI. DEJAR SIN EFECTO la citación que fuera cursada a la condenada el pasado 10 de junio y CONTINUAR en los autos principales con el trámite pertinente.

VII. NOTIFICAR al Ministerio Público Fiscal, a los defensores mediante cédulas electrónicas, y a Cristina Elisabet Fernández de Kirchner a través de su asistencia técnica y también en forma personal a través de la Comisaría de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires con jurisdicción en el domicilio en cuestión.

El ex procurador del Tesoro de Javier Milei señaló que CFK "no puede ser responsable de todos los hechos de la administración porque no los puede conocer, es imposible"