Este lunes, la Justicia rechazó el amparo de Ian Moche para que el presidente Javier Milei borre en posteo en redes sociales donde lo mencionaba.

Fue determinado por el juez federal de La Plata Alberto Recondo, que señaló que las redes sociales del jefe de Estado son personales y no de uso institucional.

En el fallo, el magistrado indicó que "la cuenta @JMilei describe al titular como “economista” y consigna que: "Se unió el octubre de 2015” (sic) y que está "verificada desde marzo de 2023". Por ende, antes de asumir como Presidente de la Nación, lo que ocurrió en diciembre de 2023".

En ese sentido, indicó que "no es una cuenta de comunicación oficial o institucional de la Presidencia de la Nación o del Poder Ejecutivo Nacional".

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"La Oficina del Presidente de la Nación maneja las cuentas oficiales de comunicación del Presidente de la Nación a título institucional", remarcó al tiempo que detalló que las cuentas oficiales de Casa Rosada son "@casarosadaargentina en Facebook; @CasaRosada en X; @casarosadadeargentina en Instagram y @casarosada en YouTube".

Respecto de la cuenta en la red social X, @JMilei, sostuvo que "no constituye un canal oficial de comunicación del Estado Nacional ni, en particular, del Poder Ejecutivo Nacional y, por tanto, se encuentra fuera del ámbito de competencia de esta Secretaría".

"Si bien los funcionarios públicos pueden actuar en nombre del Estado, también son ciudadanos privados con sus propios derechos constitucionales. Aquellos, también tienen derecho a hablar sobre cuestiones públicas, a título personal", señaló Recondo.

Y añadió: "El Presidente de la Nación siempre lo es. Esté en Casa Rosada, en la residencia de Olivos, o en un canal de televisión. Será Presidente las 24 horas del día, mientras dure su mandato. Sin embargo, en ese tiempo no todas sus acciones lo obligarán a nivel institucional".