La Cámara Federal porteña volvió a pronunciarse sobre uno de los episodios más graves ocurridos en cárceles durante la dictadura: la Masacre del Pabellón Séptimo”. Por mayoría, los jueces ratificaron que se trató de un delito de lesa humanidad y confirmaron el procesamiento con prisión preventiva domiciliaria del ex subalcaide Antonio Bienvenido Olmedo.

El caso remite al 14 de marzo de 1978, cuando una requisa derivó en una represión violenta dentro de la cárcel de Devoto. El operativo incluyó disparos, gases y derivó en un incendio que dejó 65 muertos y decenas de heridos. Según el fallo, las autoridades penitenciarias no solo no intervinieron para evitar la tragedia, sino que además continuaron con la represión y los tormentos.

Histórica condena a dos exfuncionarios por la Masacre del Pabellón Séptimo en Devoto

Los camaristas señalaron que Olmedo, como responsable de la seguridad interna, tenía “un deber especial de protección” sobre los detenidos y omitió actuar frente a los abusos. También consideraron probado que no se adoptaron medidas de rescate durante el incendio.

En paralelo, el tribunal dictó la falta de mérito para otros imputados, entre ellos dos ex guardias y el ex juez Guillermo Rivarola, al entender que aún faltan pruebas para definir su situación.

La resolución incluyó la postura en disidencia de Mariano Llorens, quien consideró que no se acreditó el vínculo con el plan represivo estatal y que, por lo tanto, los hechos deberían considerarse prescriptos.

Sin embargo, la mayoría reafirmó que se trata de crímenes de lesa humanidad, lo que garantiza que la causa continúe abierta.