El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 8 de Mercedes, provincia de Buenos Aires, condenó a un hombre de 83 años a pagar diez millones de pesos más intereses por el daño ocasionado a su hija, de 54 años, al no haberla reconocido durante gran parte de su vida.

La mujer inició la acción en octubre de 2023 luego de haber obtenido una sentencia firme que estableció su vínculo biológico. En el expediente, relató que nació en 1972 y fue inscripta como hija del entonces esposo de su madre, aunque con el tiempo su entorno familiar señaló que su verdadero padre era otra persona cercana al círculo íntimo.

Según consta en la causa, el demandado habría reconocido el vínculo de manera informal en 2015, pero nunca avanzó con el reconocimiento legal. Recién tras un extenso proceso judicial iniciado en 2016, que incluyó una acción de filiación, la Justicia estableció formalmente el vínculo en 2023.

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Durante el trámite, el hombre intentó cuestionar la legitimidad del reclamo y evitó en distintas instancias la realización de un análisis de ADN. La jueza desestimó esos planteos y sostuvo que la sentencia firme de filiación era suficiente para acreditar el vínculo biológico.

El fallo consideró probado el daño moral derivado de la falta de reconocimiento, al entender que la conducta del demandado privó a la mujer del derecho a su identidad durante décadas. También remarcó que la omisión fue antijurídica y vulneró derechos protegidos por la Constitución y tratados internacionales.

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